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Imagen de la sede del SRI, en sus oficinas en Guayaquil.Miguel Canales Leon / Expreso

Impuesto a la renta en Ecuador: multas por no presentar el anexo de gastos personales

Los contribuyentes deben hacer el trámite durante el mes de febrero. Aquí una guía

Febrero marca el inicio de una importante obligación tributaria para los contribuyentes ecuatorianos: la presentación del anexo de gastos personales al Servicio de Rentas Internas (SRI). Este trámite, que debe realizarse, según el noveno dígito del RUC, es fundamental para quienes buscan reducir su carga impositiva en la declaración del Impuesto a la Renta (IR). 

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¿Quién debe presentar el anexo?

No todos los ciudadanos están obligados a cumplir con este requisito. La tarea aplica específicamente para dos grupos: las personas naturales que emiten facturas y los empleados en relación de dependencia que hayan incluido gastos personales en su proyección de impuestos. Estos gastos pueden ser de educación, vivienda, salud o vestimenta.

Javier Bustos, consultor tributario, explica el tema a EXPRESO con un ejemplo práctico: "De tal manera si yo en mi proyección de gastos personales de 2024 dije que iba a gastar $1.000 en alimentación debo tener todas las facturas y todas las sumas de estas facturas deben dar lo mismo", dijo. 

La importancia de cumplir a tiempo

La presentación del anexo cobra especial relevancia considerando que en marzo inicia el período de declaración final del Impuesto a la Renta para personas naturales de 2024. Para quienes trabajan en relación de dependencia, este proceso se facilita con la entrega del formulario 107. El SRI utilizará los anexos para verificar que las proyecciones de gastos estén respaldadas por las facturas correspondientes.

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Consecuencias del incumplimiento

La normativa es clara respecto a las sanciones. Bustos recuerda que el anexo está regulado por la resolución 391 del SRI de 2016, y su no presentación o retraso constituye una falta reglamentaria. El Código Tributario establece que este tipo de faltas acarrean multas que oscilan entre $30 y $1.000.

"No se le puede poner la misma multa al dueño de una tienda que al presidente de la República. Además se mide la reincidencia en el cometimiento de la falta", aclara el experto sobre cómo se determinan los montos de las sanciones según la capacidad económica del contribuyente.

El proceso de declaración se realiza de manera electrónica a través del portal web del SRI, donde cada contribuyente debe ingresar con su usuario y clave personal para registrar las facturas que sustenten sus gastos personales. Es recomendable mantener ordenados todos los comprobantes para facilitar este proceso y evitar contratiempos.

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