La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera remoza el esquema de tasas de interés
El Banco Central y la Junta de Regulación y Política Monetaria y Financiera desarrollarán en 5 meses una nueva metodología,
La Junta de Regulación y Política Monetaria y Financiera simplificó los segmentos de crédito, reduciéndolos de 22 a 13 (incluidos los subsegmentos, para “facilitar las operaciones de crédito y simplificar los reportes”.
Diario EXPRESO los resume:
Crédito Productivo: Otorgado a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o a personas jurídicas que registren ventas anuales superiores a 100.000 destinado a la adquisición de bienes y servicios para actividades productivas y comerciales. Para este segmento de la cartera se define los siguientes subsegmentos:
- Productivo Corporativo, son operaciones de crédito otorgadas a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o personas jurídicas que registren ventas anuales superiores a $ 5’000.000.
- Productivo Empresarial, es para a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o personas jurídicas que registren ventas anuales superiores 1’000.0000 y hasta $ 5’000.000.
- Productivo Pymes. Otorgado a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o a personas jurídicas que registren ventas anuales superiores a 100.000 y hasta $ 1’000.000
Microcrédito: A quienes tienen ventas anuales inferiores o igual a 100.000, o a un grupo de prestatarios con garantía solidaria, destinado a financiar actividades de producción y/o comercialización en pequeña escala.
- Microcrédito Minorista. A quienes registren ventas anuales iguales o inferiores a $ 5.000.
- Microcrédito de acumulación simple. A los que registren ventas anuales superiores a 5.000 y hasta $ 20.000.
- Microcrédito de Acumulación Ampliada. Con ventas entre 20.0000 y hasta $100.000.
Crédito Inmobiliario: Se otorga con garantía hipotecaria a personas naturales para la construcción, reparación, remodelación y mejora de inmuebles propios; para la adquisición de terrenos destinados a la construcción de vivienda propia; y, para la adquisición de vivienda terminada para uso del deudor y su familia no categorizada en el segmento de crédito Vivienda de Interés Social y Público.
Crédito de Vivienda de Interés Social y Público: A personas naturales con garantía hipotecaria para la adquisición o construcción de vivienda única y de primer uso.
Crédito de Consumo: Para personas naturales y destinado a la compra de bienes, servicios o gastos no relacionados con una actividad productiva, comercial y otras compras y gastos, se incluyen los créditos prendarios de joyas, así como para adquisición de vehículos livianos que no sean de uso para una actividad productiva y comercial.
Crédito Educativo: Este comprende las operaciones de crédito otorgadas a personas naturales para su formación y capacitación profesional o técnica y a personas jurídicas para el financiamiento de formación y capacitación profesional o técnica de su talento humano, en ambos casos la formación y capacitación deberá ser debidamente acreditada por los órganos competentes.
Crédito de Inversión Pública: Es el destinado a financiar programas, proyectos, obras y servicios encaminados a la provisión de servicios públicos, cuya prestación es responsabilidad del Estado, sea directamente o a través de empresas; y, que se cancelan con cargo a los recursos presupuestarios o rentas del deudor fideicomitidas a favor de la entidad financiera pública prestamista. Se incluyen en este segmento a las operaciones otorgadas a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y otras entidades del sector público.
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No se eliminan los techos de tasas de interés, ni cambia la forma de fijar tasas. “Se mantienen sin cambio las tasas de interés de cada segmento. El techo máximo sigue siendo el mismo, y la Junta seguirá determinando, previo informes del Banco Central del Ecuador, cuales son los techos de tasas”, señala el presidente ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), Julio José Prado.Para el crédito productivo se establecen las siguientes tasas:
Para el crédito productivo se establecen las siguientes tasas:
- Productivo Corporativo: 9,33 % .
- Productivo Empresarial: 10,21 %.
- Productivo PYMES: 11,83 %.
- Microcrédito minorista; 28,50 %; de acumulación simple, 25,50 %;, acumulación ampliada, 23,50 %.
- Crédito Inmobiliario: 11,33% 4; vivienda de interés social, 4,99 %; de interés público, 4,99 %.
- De consumo, se establece la tasa de 17,30%
Según Prado, se pide que el Central calcule una nueva tasa corporativa de bajo riesgo, “que básicamente es como una tasa referencial al igual que en otros países. Esto servirá a futuro para tener mejor información del riesgo crediticio en Ecuador”.
El Banco Central y la Junta de Regulación y Política Monetaria y Financiera desarrollarán en 5 meses una nueva metodología, para determinar tasas de interés activas, que permita caminar hacia una mayor bancarización, profundización de crédito a todos los segmentos y mayor eficiencia financiera. Bajo estándares internacionales.