El límite a los pagos en efectivo empujará a la bancarización
Reforma tributaria obliga a pagar más de $500 con tarjeta, transferencia u otros, si se quiere deducir impuestos. La medida estimulará pagos digitales
Una medida que impulsará a usar medios de pagos del sistema financiero. Desde el pasado 20 de diciembre de 2023, día en que entró en vigencia la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, o reforma tributaria, ya no se permiten los pagos en efectivo por compras superiores a 500 dólares para validez tributaria; es decir, si se requiere aplicar a alguna deducción o crédito tributario.
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Compras de más de $ 500 ya no se pueden pagar en efectivo, para efectos tributarios
Leer másLa medida, según expertos, promoverá la bancarización. Los ciudadanos tendrán que abrir una cuenta bancaria o de una cooperativa y usar los servicios financieros, lo cual puede ser beneficioso.
El artículo 25 de la reforma legal señala que las operaciones de más de quinientos dólares de los Estados Unidos de América tienen la obligatoriedad de utilizar cualquier institución del sistema financiero para realizar el pago, a través de giros, transferencias de fondos, tarjetas de crédito y débito, cheques o cualquier otro medio de pago electrónico.
Para Napoleón Santamaría, experto en materia tributaria, la medida se aplica únicamente para efectos de validez tributaria. Es decir, si un contribuyente quiere que esa compra o ese gasto sirva para deducir el pago del Impuesto a la Renta o crédito tributario.
Por esta razón, la reforma legal señala que para que el costo o gasto superior a 500 dólares sea deducible para el cálculo del Impuesto a la Renta y el crédito tributario para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sea aplicable, se requiere la utilización de cualquiera de los medios de pago antes referidos, con cuya constancia y el comprobante de venta correspondiente a la adquisición se justificará la deducción o el crédito tributario.
“La obligación solo es para temas tributarios. Si usted no tiene bancarización, entonces la factura no tiene valor fiscal”, explicó Santamaría.
Según datos del Banco Central del Ecuador (BCE), en el país, al cierre del segundo trimestre de 2023, el número de clientes de 15 a 69 años fue de 10,4 millones, lo que resulta en un Indicador de Inclusión Financiera del 84,6 % (número de clientes sobre la población adulta).
A escala nacional 8,8 millones de clientes tienen cuentas de uso frecuente, lo que representa el 71,3 % de la población adulta. De los 8,8 millones de clientes en Ecuador, se observa que en conjunto poseen un total de 27,9 millones de cuentas, es decir que hay 22.680 cuentas por cada 10.000 habitantes adultos, lo que indica que un mismo cliente posee más de un producto financiero (cuentas de ahorro, cuentas corrientes, depósitos a plazo, crédito, tarjetas de débito y tarjetas de crédito).
De acuerdo con el informe que presentó la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), en alianza con Aval Buró, en el primer semestre de este año había 3’583.548 tarjetas de crédito activas, con las que se realizaron 50’728.637 operaciones y se hizo un consumo de 10.382 millones de dólares a nivel nacional. En promedio, por cada operación los clientes hicieron un consumo de 205 dólares.
Para David Castellanos, profesor de la Universidad Andina Simón Bolívar, la medida tendrá algunos efectos, como la bancarización de más personas en el país. “La medida busca seguir formalizando la economía. Si bien ha habido puntos importantes y significativos, todavía hay transacciones que no pasan por el sistema financiero, y con esta medida se busca entenderlos y ponerlos en un circuito, que es el Sistema Nacional de Pagos”, analizó Castellanos.
Además, el profesor en temas de finanzas dijo que la medida también ayudará a que las reservas internacionales del país se reduzcan menos, porque uno de sus factores para su fluctuación es el uso de efectivo en el territorio nacional.
Una reforma tributaria con nulo alivio para la crisis fiscal
Leer másLa reforma tributaria también señala que las personas naturales o jurídicas residentes en el país que no entreguen comprobantes de venta o no transmitan al Servicio de Rentas Internas (SRI) comprobantes de venta electrónicos, según corresponda, serán sancionadas con una multa de 1 a 30 remuneraciones básicas unificadas (entre 460 y 13.800 dólares), según el salario básico de 2024.
La ley señala que la aplicación de esta sanción será regulada mediante resolución de carácter general emitida por el SRI. En caso de que dicha infracción ocurra de manera flagrante, para la aplicación de la sanción bastará la comprobación de que no se entregaron los comprobantes de venta o la falta de transmisión, por parte del funcionario nombrado para el efecto por la entidad tributaria.
Eliminar el consumidor final
La ministra de Gobierno, Mónica Palencia, aseguró el pasado miércoles que se buscará eliminar la modalidad de consumidor final, es decir que todas las transacciones en el país deberán tener una factura, con el fin de evitar el “tráfico de dinero”.
La funcionaria dijo que se busca generar un trabajo conjunto entre la Unidad de Análisis Financiero (UAFE) y el Servicio de Rentas Internas (SRI) para verificar las transacciones que se efectúan en el país. Además, espera que los bancos también participen.
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