Listo el reglamento que regula remisión de intereses e incentivos para crear empleo
La norma direcciona la aplicación de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, aprobada en diciembre de 2023
La Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo ya cuenta con un reglamento para acceder a ciertos beneficios, como la remisión de intereses por deudas impagas que propuso el Gobierno, como mecanismo, para recaudar recursos fiscales, o los incentivos que ofrece a las empresas para impulsar la contratación laboral de los más jóvenes.
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Leer másEl pasado 07 de febrero de 2024, a través de un decreto, el Gobierno emitió el documento de 187 páginas que empieza por exponer los parámetros que se utilizarán para quienes soliciten una remisión de intereses y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo y becas. Los interesados tendrán 1 año de gracia y 5 meses para pagar el capital adeudado y acceder al perdón.
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- ¿Cómo acceder a esta remisión?
En ese sentido, se explica que los interesados en acogerse a este régimen, deberán presentar una solicitud por escrito a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación dentro del término de sesenta (60) días contados desde la fecha de vigencia de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo ( 20 de diciembre de 2023).
Una vez presentada la solicitud, los beneficiarios gozarán del plazo de doce (12) meses de gracia que no generarán interés o recargo de ningún tipo. Una vez finalizado el plazo se reanudarán los intereses del proceso administrativo de cobro respectivo.
El beneficiario contará con el término de ciento cincuenta (150) días para cancelar al menos el porcentaje del capital adeudado establecido en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, para acceder a la remisión del cien por ciento (100%) de los intereses generados, mora, multas y gastos administrativos que se encuentren pendientes de pago.
- Sobre los incentivos de contratación laboral
El reglamento también establece las reglas para que los empleadores, que contraten a jóvenes de entre 18 y 29 años, puedan acogerse a una deducción adicional al impuesto a la renta. Allí se establecen las siguientes disposiciones:
1. Los empleadores, una vez suscritos los contratos juveniles, deberán registrar la información de sus trabajadores activos en el Sistema Único del Trabajo - SUT o en el sistema informático que el Ministerio del Trabajo proporcione para el efecto. Dicho sistema permitirá verificar que el trabajador cumpla con las edades establecidas.
2. Para verificar que el empleador haya generado un incremento neto de plazas de trabajo, se deberá relacionar la nómina de trabajadores juveniles registrados por el empleador en el año en que pretende aplicar la deducción adicional respecto del año inmediato anterior, con el objeto de verificar que exista aumento del número total de trabajadores.
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Leer más3. Se establece que las deducciones adicionales por este incentivo no serán acumulables entre sí con otros incentivos sobre incremento neto de plazas de trabajo y no será aplicable en el caso de que los nuevos empleados hayan sido dependientes del mismo empleador o de parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del empleador, accionistas o representantes legales o de las partes relacionadas al empleador, en los tres ejercicios fiscales anteriores al de su contratación.
- OTROS TEMAS
El reglamento también fija parámetros para los incentivos a las empresas que hagan inversiones productivas, así como como lineamientos a seguir para establecer zonas francas e impulsar las inversión a través de las Alianzas Público Privadas (APP).
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