Noboa emite un nuevo reglamento de seguridad y salud en el trabajo
En cinco meses se debe crear la plataforma informática para el Registro de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo
El presidente de la República, Daniel Noboa, expidió el 2 de mayo de 2024, el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. A través de un decreto, se expide un reglamento con 72 artículos, seis disposiciones generales, 14 transitorias, una derogatoria y una final.
El reglamento será aplicable para todos los servidores públicos, privados; empleadores; trabajadores, incluidas las Fuerzas Armadas y las entidades que seguridad ciudadana y orden público; así como, los trabajadores remunerados del hogar, autónomos y sin relación de dependencia, explica el documento.
Hay un glosario con definiciones que abarcan términos como accidentes de trabajo, riesgos laborales, planes de emergencia, riesgo laboral, salud en el trabajo, entre otros.
Además, se dispone que el Ministerio de Trabajo, en coordinación con la autoridad sanitaria nacional, en el plazo de cinco meses, emita la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Asimismo, en el mismo plazo, se realizará la articulación de la Estructura Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Leer másTambién en cinco meses, la cartera de Estado debe desarrollar la plataforma informática para el funcionamiento del Registro Nacional de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo o en Actos de Servicio, y, actualizará la plataforma informática vigente, relacionada al registro del cumplimiento de las obligaciones laborales en seguridad y salud en el trabajo.
El mismo decreto señala que el anterior Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional tiene origen en 1986 y luego fue reformado en el 2003.
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