La opacidad nubla la legitimidad del cobro de piezas musicales
El sistema de recaudación está en duda por la falta de transparencia de Sociedades de Gestión. La ley, un escudo para rendir cuentas
El sistema de cobros por el uso de piezas musicales pasa por una grave crisis en el país, no porque no se reconozca la legitimidad del derecho que los artistas tienen de cobrar por sus obras emitidas en radios, eventos, hoteles, locales comerciales y otros establecimientos, sino por la dudosa actuación y falta de transparencia de las entidades que recaudan, muchas veces amparadas por la presunción absoluta que la ley les da para ejercer este papel.
“Si se abusa, la gente no va a confiar en el sistema”
Leer másA estos entes se los conoce como Sociedad de Gestión Colectiva de Derechos de Autor. En el país son cinco las autorizadas: Sayce, Soprofon, Sarime, Egeda y Uniarte (esta última se prepara para recaudar este año), pero su operatividad, que inició hace más de cuatro décadas, hoy se ve empañada por la opacidad de su gestión.
Cuando se quiere acceder a los estados de resultados, por años, la labor se torna complicada pues, en la práctica, no todos están publicados en la web de cada sociedad como la ley manda. Lo mismo ocurre si se busca conocer los contratos que justifiquen los cobros por repertorios internacionales o los detalles de la distribución del dinero que año a año cobran.
El cobro por la música, un sistema que genera confusión y sospechas
Leer másEXPRESO solicitó a la Dirección Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos del Senadi (Servicio Nacional de Derechos Intelectuales) información al respecto. No obstante, no toda fue facilitada. Pese a que el Senadi es el ente encargado de controlar a estas sociedades, en primera instancia, sostuvo que los contratos y los detalles de la distribución (dado por su volumen y complejidad) debían ser otorgados por cada entidad.
Una vía que tampoco sirvió de solución para este Diario. Ni siquiera por la vía legal, los propietarios de negocios han conseguido acceder a los informes de respaldo de esta especie de recaudadores. Y cuando se recaba en sus sitios ‘online’, con excepción de Sayce, no todas tienen sus balances, y su rendición de cuenta, si está publicada tiene información a medias o desactualizada (Soprofon, solo hasta el 2017).
“Los pagos por el uso musical son un asalto para la hotelería”
Leer másLas sociedades de gestión, al ser catalogadas como entes sin fines de lucro, están exoneradas al pago del Impuesto a la Renta (IR); sin embargo, están obligadas a presentar sus declaraciones. En 2018, las cinco sociedades alcanzaron los $ 8,7 millones en ingresos, de los cuales, según el Servicio de Rentas Internas (SRI), $ 1,3 millones se enviaron fuera del país. Esto representa un 15,6 % del total, muy por debajo del 60 % o 65 % que estiman (durante una entrevista y sin data a la mano) las autoridades del Senadi y Sayce, la sociedad que representa a los autores y compositores.
Este último es el ente de mayor recaudación con $ 6,1 millones, de los cuales -apunta un informe de 2018 publicado en la web- distribuyó $ 1,4 millones entre sus socios locales e internacionales. El saldo restante y su destino quedó sin precisarse.
Este estado de reserva ha puesto a dudar a más de un propietario de local a la hora de cancelar por la difusión musical. “Se asume que representan a los titulares de los derechos de cada obra, pero la pregunta es ¿tienen realmente esa representación? Cuando se les pide no lo pueden demostrar”, se queja Washington Delgado, directivo de la Asociación de Radiodifusores del Ecuador (AER), núcleo Guayas, quien es parte de una treintena de ejecutivos de radios que en el país, en este caso, se niegan a cancelar estos haberes a Soprofon, entidad que se encarga de gestionar los derechos de los productores de fonogramas. No, hasta que demuestren que su acción se apega a la ley, dicen.
“Cuestionar hacia dónde va la plata es cuestionar el derecho. Ni siquiera el valor del derecho, sino el derecho como tal. Cuando usted va al Marriott, ¿usted se pregunta dónde va la plata o usted solo paga por el servicio?”
En defensa de las sociedades aparece Ramiro Rodríguez, director nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos, quien da fe del riguroso proceso de control y de auditoría -pese a que no transparentan su gestión-al que deben someterse sus dependientes, un esfuerzo por el que a cambio, dice, reciben un premio: ser reconocidas por la Decisión 351 de la Comunidad Andina con una categoría especial, “que es la de gozar de una presunción de legitimación activo” que no las obliga a exhibir ningún tipo de contrato porque por ley ya deben gestionar los derechos de autor. “Y ojo, estamos hablando de derechos de gestión colectiva (exclusiva), no de derechos de gestión colectiva obligatoria, en cuyo caso la legitimación es mucho más profunda”, advierte.
“¡Si están amparados por la ley, por el Dios del universo, qué bueno!, pero acá necesitamos difusión y transparencia y eso no tenemos. Pedimos sociedades que nos toquen la puerta en buena onda. Rechazamos las amenazas de órdenes de clausura”.
Y es ahí cuando la pelea, que se centra en la comprobación de la legitimidad de estas sociedades, se enmaraña en un lío legal. La interpretación de Rodríguez genera un debate que en el mundo jurídico desemboca en otra conclusión: la de afirmar que el derecho de presunción no es absoluto. “Nosotros no estamos evitando el derecho de cobrar de alguien, lo tienen. Lo que estamos impugnando es el derecho que ellos tienen de cobrarnos. La diferencia es grande”, dice Clemente Vivanco, socio del consultorio jurídico Vivanco & Vivanco, quien ayuda a las radiodifusoras a defenderse de las tutelas administrativas que impone Soprofon y quien hace hincapié en los más de 100 juicios contenciosos administrativos que se han abierto, relacionados a los derechos de autor, en los que, afirma, “jamás las sociedades de gestión han podido hacer efectivo un cobro”, debido a que no han podido probar su legitimidad.
“Hay radios que pagan al año hasta 10.000 dólares. ¿Dónde está esa plata? ¿Estas instituciones en base a qué cobran? No es justo que sigan diciendo que son representantes cuando la ley los obliga a demostrarlo, pero no lo hacen”.
Eso se da porque, según explica Gabriela Campoverde, experta en Propiedad Intelectual, en el país, desde 2016, rige el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación (Ingenios) que ampara a las sociedades, pero también a quienes deben hacer los pagos.
De este instrumento no solo destaca el art. 239 que señala que “en todo proceso de observancia de tutelas administrativas, se debe acreditar la calidad de representantes o mandatarios o apoderados del titular de derechos”. También se refiere al artículo 256 que, incluso, impone una penalidad si una sociedad colectiva cobra por una obra musical, de la que no tiene los derechos (el 50 % del valor que pretendía cobrar por ese uso).
“Me preocupa la transparencia. Senadi es el ente regulador, pero nos hemos enterado de que no tienen el contingente adecuado para hacer las auditorías. Y esta es información que ha salido de la misma entidad. Eso es preocupante”.
En temas de transparencia existen muchos pendientes, dice Patricio Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), quien el pasado 2 de marzo remitió un oficio al Senadi exigiendo una auditoría a Egeda, entidad a la que cuestiona por los cobros que hace a la hora de gestionar los derechos de los productores audiovisuales. “No está claro cómo se definen esas tarifas ni tampoco a dónde se va este dinero”, dice.
Sobre la mesa, señalan los expertos, también está la tarea de las autoridades por resolver las ambigüedades legales, de transparentar y dar credibilidad al sistema. (Lea la entrevista con Gabriela Compeverde, especialista en Propiedad Intelectual).
- A NIVEL INTERNACIONAL
ESPAÑA ENCIENDE UNA ALERTA
Las quejas que hoy empiezan en Ecuador, en España vienen dándose hace más de una década. El blanco ha sido la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), el principal ente que en el país europeo vela por los derechos de los artistas. La SGAE ha estado bajo la lupa desde el 2009, año en que fue denunciada por cobrar por piezas musicales que no fueron registradas por sus reales autores.
Los cuestionamientos se agravaron en el 2019, cuando varios artistas españoles, de la talla de Alejandro Sanz y Pablo Alboran, firmaron un manifiesto para solicitar el amparo urgente del Ministerio de Cultura “para evitar el uso de la sociedad como instrumento fraudulento”. Esto tras descubrirse que varios miembros de SGAE aliados con las cadenas de televisión ingresaban millones de euros por los derechos de autor de canciones con falsos arreglos emitidos en programas nocturnos. El caso fue conocido como ‘La Rueda’ y le valió a la SGAE la expulsión por un año de la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (Cisac).
- NO HUBO RESPUESTA
EXPRESO empezó en enero a investigar este tema, pero en el camino se topó con el silencio de algunas sociedades de gestión y con la falta de datos.
Soprofon: La no aceptación de una entrevista impidió conocer detalles sobre los alcances que tiene esta entidad. En la web, no todos los balances están publicados. Se registran convenios, pero no los contratos de representación en el exterior.
Sayce: Hubo respuesta a medias, quedaron pendientes ciertos datos relacionados al tema de distribución y su representación.
Egeda: Este Diario quedó a la espera de las respuestas a un cuestionario enviado vía mail, esto pese al compromiso de sus autoridades de responder.
- DATOS SOBRE ESTE TEMA
Sin legitimidad. Si una sociedad cobra sin derecho, la multa es el 50 % del valor que se pretende cobrar.
Si no se paga. Se puede apelar, si no, en proceso administrativo la multa es de 142 salarios básicos.
Lo drástico. Senadi goza de fuerza coactiva. Otra facultad que tiene es el cierre de locales.