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En el país nacen las Sociedades por Acciones Simplificadas (S. A. S.).Pixabay (Imagen referencial)

Menos pasos y costos para formalizar negocios

Las S. A. S. son una realidad en el país. La nueva figura jurídica también amplía el campo de acción de las empresas existentes

Pocos lo saben, pero desde mayo es posible en el país llegar a constituir legalmente un negocio bajo parámetros menos rígidos y a costos menores. Para crearlos, por ejemplo, ya no se necesita tener una escritura pública ni inscribirlos en el Registro Mercantil. Tampoco tener $ 400 como capital mínimo (ahora apenas $ 1 ). Y si antes se exigía tener al menos dos socios, hoy con uno basta.

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Esas son varias de las nuevas reglas que rigen dentro del proceso de constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (S. A. S.) que hace poco logró implementar la Superintendencia de Compañías. En tres meses, dice el ente, 766 sociedades operan ya bajo esta calificación. La nueva opción, que fue introducida en febrero de este año en la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación, en primera instancia, motivaría a que más emprendimientos comiencen a nacer en el país bajo un esquema ordenado y con amparo legal.

766 EMPRESAShasta el momento, se han registrado bajo esta nueva calificación.

Que estos negocios surjan bajo una figura jurídica, sostiene Héctor Delgado, presidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios (AJE), permitirá de a poco revertir la alta tasa de informalidad que existe en el mercado, uno de los factores que hoy son una traba para el desarrollo y la sostenibilidad de muchos emprendimientos.

Lo lamentable, dice, es que aún no exista la suficiente difusión de esta modalidad que, a su parecer, otorga grandes beneficios. No solo significa ahorrarse trámites y costos, asegura; implica que más personas se motiven a encaminar sus negocios, por más pequeños que estos sean, hacia registros contables que les permitirán transparentar en cifras su actual situación y la potencialidad de desarrollo. Una transparencia que, dice, genera consigo la posibilidad de acceder a financiamiento en instituciones financieras.

Este mecanismo, que se une a las otras opciones de constituir compañías anónimas o bajo responsabilidad limitada, existe desde el 2008 en Colombia, dice Luis Cabezas-Klaere, abogado especializado en Derecho societario. Pero aunque suene atemporal su adopción, menciona, continúa siendo oportuno que en el país se sigan flexibilizando las normas, en medio del actual contexto económico, en el que se requiere impulsar nuevos emprendimientos y plazas de empleo.

Si bien las condiciones, explica, al parecer apuntan a beneficiar a pequeños y medianos negocios, las ventajas que ofrece esta nueva figura también podrían ser aprovechadas por las empresas más grandes. Sin importar si estas están ya constituidas.

Cabezas-Klaere menciona que las compañías que actualmente son anónimas o limitadas, pueden migrar a esta nueva figura, que incluye otras ventajas. Entre las principales, anota la posibilidad de ampliar el objeto social; es decir, poder dedicarse a cualquier actividad civil o mercantil que no esté prohibida por la ley, con la excepción de realizar operaciones bancarias, de seguros o gestiones en el mercado de valores.

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Por otro lado, el ahorro de costos, aclara, tiene mayores alcances. “Una empresa que ya está constituida también puede generar ahorros con las reformas que quiera aplicar. Un ejemplo son los aumentos de capital. Las notarías y los registros cobran porcentajes de acuerdo con las cuantías de las escrituras. Hay valores que llegan o superar los $ 10.000 o $ 15.000. Pero con las S. A. S., como no es necesario hacerlo ante un notario sino a través de un instrumento privado en la Superintendencia que no tiene costo, esos valores llegan a ser cero”.

Otro beneficio que destaca está en las facilidades para hacer más viable y eficiente una gestión, en una época en la que muchos negocios requieren de cambios. Esta figura otorga casi total libertad para que los accionistas puedan establecer pactos lícitos que consideren convenientes para el desarrollo de la sociedad. Estos consensos, dice, actualmente están supeditados a la decisión de socios.