Los pasos finales de la nueva Ley de Pesca
La normativa es necesaria para que la Unión Europea (UE) le quite a Ecuador la tarjeta amarilla por la pesca ilegal o no declarada.
A esta hora, hoy 4 de febrero de 2020, el Pleno de la Asamblea Nacional trata en segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, que reemplazará a una Ley de Pesca que tiene ya 45 años y que es considerada caduca por los actores del sector.
“Es un hito histórico para el sector camaronero porque será la primera vez que contará con una ley”, señala José Antonio Camposano, presidente ejecutivo de la Cámara Nacional de Acuacultura (CNA).
La normativa propuesta establece un régimen jurídico para el desarrollo de las actividades acuícolas y pesqueras en todas sus fases de extracción, recolección, reproducción, cría, cultivo, procesamiento, almacenamiento, distribución, comercialización interna y externa, así como actividades conexas.
Consta de 229 artículos, divididos en 7 títulos, varias disposiciones generales, disposiciones transitorias, reformatorias y derogatorias. Puntos clave que contempla.
- El articulado contempla que el ente rector, en coordinación con las entidades públicas competentes, diseñará y elaborará el Plan Nacional de Ordenamiento de Acuicultura y Pesca en el que se establecerán políticas y estrategias que sirvan de marco de referencia para el desarrollo sustentable de los sectores acuícola y pesquero.
- Definirá el área de protección de especies, previa a una investigación técnica, social y ambiental justificativa.
- Plantea la creación del Fondo Nacional de Investigación Acuícola y Pesquero, que permitirá financiar planes, programas y proyectos de investigación, ciencia, tecnología e innovación.
- Incentivos productivos, tributarios y ambientales, así como también facilidades de crédito, hipoteca especial acuícola y prenda acuícola.
La acuicultura y la pesca representan un negocio de más de 4.800 millones de dólares en exportaciones. De esos, 3.600 millones de dólares corresponden a camarón (1.400 millones de libras), el primer producto de exportación no petrolero del país.
Bruno Leone, presidente de la Cámara Nacional de Pesquería (CNP), destaca que en la nueva Ley de Pesca las sanciones son de tres niveles: leves, graves y muy graves. “Las graves tienen una multa de hasta 600 mil dólares y si hay reincidencia pueden haber múltiplos de dos o de tres”, agrega el representante de la pesca.
Una sanción grave, es por ejemplo, pescar estando en veda; "al armador le cae una multa de $ 600.000; la otra multa grave es pescar sobre la reserva de Galápagos o en la zona exclusiva de otro país sin el debido permiso".
Estas son exigencias de la Unión Europea (UE) para sacar a Ecuador del listado de posibles países no cooperantes en la pesca ilegal o no declarada.