El plazo de pago para no caer en mora vuelve a los 30 días desde el 1 de enero de 2023
Entidades financieras recuerdan a sus clientes sobre el regreso a la antiguo período límite.
Desde el 1 de enero de 2023, las cuotas de los créditos (de consumo, microcrédito en todas sus modalidades, productivos y educativos) que no se paguen dentro de la fecha de vencimiento, ya no tendrán más plazo para pasar a la cartera vencida, como lo tuvieron durante la pandemia.
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Leer másLa Junta de Política y Regulación Financiera dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2022, las entidades públicas y privadas califiquen como vencidas las deudas que estén impagas por más de 61 días.
Desde el 1 de enero los dividendos de los créditos que no hayan sido cancelados oportunamente, dentro de su fecha máxima de pago, serán trasladados a cartera vencida a partir del día 31, a excepción de los créditos de vivienda, que continuarán con las condiciones actuales de traslado de cartera.
Hasta febrero de 2020, las deudas entraban en esa categoría después del día 15 o 30, de acuerdo con el tipo de crédito.
Debido a esa situación, algunos bancos empezaron a recordarles a sus clientes este cambio para que tomen precauciones y así mantener un buen perfil crediticio. Han utilizado mensajes de texto y correos electrónicos.