El seguro de desempleo, un ‘salvavidas’ en compás de espera
El número de beneficiados creció un 25 % en el primer trimestre del año. La Asamblea aún debe aprobar nuevas condiciones para agilitar su trámite
Los $ 20 que ha logrado conservar en su cuenta bancaria marca presión en las finanzas de César. Él trabajaba en una fábrica de muebles, pero el pasado 11 de abril un correo institucional le anunciaba que por “fuerza mayor” la relación laboral de 2 años y 5 meses que tenía con la compañía había acabado. Desde ese entonces, él pasó a engordar la lista de desempleados (otra de las consecuencias letales del COVID-19) que hoy piden una ‘boya’ al Gobierno para acceder al seguro de desempleo.
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Leer másLa demanda, que se ha incrementado en esta emergencia (según el Ministerio de Trabajo, desde el pasado 16 de marzo, día en que inició el estado de excepción, ya suman 33.175 despidos), ha obligado al Gobierno a plantear algunos cambios que buscarán dar agilidad al trámite de este beneficio. El proyecto de Ley de Apoyo Humanitario, por ejemplo, plantea que el seguro pueda activarse desde el día 8 del despido y que el afiliado ya no tenga que esperar 61 días como antes.
No obstante, primero la Asamblea debe aprobar esto. Y mientras eso sucede, quienes apliquen deberán hacerlo en base a los parámetros del actual sistema. Eso preocupa más a César. Él ha preferido no esperar, lo poco que le queda de su último sueldo lo ha obligado a iniciar el trámite, no obstante, este también depende de que la empresa donde trabajó notifique al IESS su despido. El sistema le informa que ese es un trámite pendiente. No solo eso, también deberá esperar a que la empresa realice el último aporte.
La propuesta de ley del Gobierno, en su artículo 25, menciona que los afiliados que estuvieron bajo relación de dependencia podrán acceder a esta prestación durante abril, mayo, junio y julio con nuevas reglas; no obstante antes deberán cumplir con estos requisitos.
Además de sumar 7 días de desempleo, deberá tener 24 aportaciones acumuladas, de las cuales, se recalca, al menos 6 deberán haberse dado de forma “continua e inmediatamente anteriores a la contingencia”.
Por otra parte, el proyecto también plantea otro tipo de condiciones relacionadas al plazo máximo en que deberá realizarse este trámite. Según la propuesta Ejecutiva, quienes estén interesados en activar este seguro deberán hacerlo desde el día 8 de encontrarse desempleado, hasta los próximos 45 días. La propuesta también enfatiza que la persona no debe gozar de jubilación alguna.
Este seguro, que permite al afiliado tener hasta un 70% de un salario básico por un máximo de 5 meses, está vigente desde el año 2016. De acuerdo con las cifras del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el año pasado más de 25.000 personas accedieron a esta ayuda. Este año, durante el primer trimestre, ya suman 4.355 beneficiarios a quienes se les ha desembolsado un total de $ 7,9 millones, un incremento del 25% y 95%, respectivamente, si se compara ambos rubros con el mismo periodo del año pasado.
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Leer másEsos recursos, según han señalado las autoridades del IESS, se financian “con los aportes del empleador del 1% de la remuneración del trabajador, obrero o servidor privados y públicos en relación de dependencia; con los que se constituye un fondo de carácter solidario”, dicen. Hasta el momento, según indica la institución, el Estado ha “venido cubriendo puntualmente las solicitudes “realizadas por nuestros afiliados en los plazos que determina la ley”.
La expectativa ahora está en cómo se canalizará la avalancha de solicitudes que podrán llegar, una vez que la Asamblea apruebe el nuevo procedimiento. De las más de 33.000 desvinculaciones laborales que registra, hasta el momento, el Ministerio, 6.384 provienen del sector de agricultura, ganadería y pesca; 4.033 de la industria manufacturera y 3.600 de la construcción.
LO QUE PROPONE LA LEY
- APROBACIÓN. En la Ley de Apoyo Humanitario hay nuevas reglas, que deberán ser aprobadas por la Asamblea.
- VIGENCIA. Quienes quieran acceder a este seguro (ya con nuevas normas) podrán hacerlo de abril a julio.
- AGILIDAD. Las personas deberán estar 7 días desempleadas para aplicar, y ya no 60 como dispone la ley actual.
- PLAZOS. La solicitud debe hacerse ante el IESS, desde el día 8 de desempleo, hasta los próximos 45 días.
- APORTES. El afiliado debe tener 24 aportaciones acumuladas, las últimas 6 deberán ser continuas.
- ACTUALIZACIÓN. Los porcentajes de los aportes podrán ser modificados, en base a estudios actuariales.