SRI llama a denunciar locales de pronóstico deportivo que no pagan tributos
Ya son 65 los establecimientos registrados en el Registro Único de Contribuyentes. El SRI busca agrandar la lista
El Servicio de Rentas Internas (SRI) hizo un llamado a la ciudadanía, a través de sus plataformas digitales, a denunciar los locales de pronóstico deportivo que no están inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), ya sean estos físicos o electrónico.
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La entidad señala, a través de un comunicado, que las denuncias pueden hacerse de manera confidencial y segura en cualquier agencia del SRI a escala nacional o a través del buzón de denuncias tributarias en www.sri.gob.ec.
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Leer másEste pedido es parte de los controles que, asegura la entidad tributaria, realiza a escala nacional, para verificar que los operadores de pronósticos deportivos, así como aquellos establecimientos dedicados a actividades económicas relacionadas estén debidamente registrados en el RUC y cumplan con el pago de los impuestos correspondientes.
Desde el pasado 1 de julio cuando entró en vigencia el Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos como mecanismo de tributación de esta actividad económica, hasta la fecha, se encuentran registrados 65 contribuyentes. De ellos, 2 son sociedades extranjeras no domiciliadas en el país: Novibet y Betano, mientras que entre los principales contribuyentes domiciliados en el Ecuador se encuentran las empresas: Sportbet, Ecuabet y Betcris.
Desde esa fecha y a través de operativos de control, el SRI identificó locales comerciales que actúan como comisionistas o intermediarios de actividades relacionadas con pronósticos deportivos en las ciudades de Ambato, Babahoyo, Cuenca, Guayaquil, Ibarra, La Troncal, Loja, Machala, Portoviejo y Quito.
Muchos de estos locales no contaban con la inscripción del RUC, por lo que la entidad tributaria les dio un plazo de tres días para hacerlo voluntariamente y sin ser sancionados. Para quienes no cumplieron con esta obligación, dice la institución, fueron sancionados con la clausura de su local, conforme al artículo 19 de la Ley del Registro Único de Contribuyentes.
¿Qué pasa con los locales ya clausurados?
Menciona en un escrito el SRI que estos tienen la opción de reabrir su negocio una vez que completen la inscripción en el RUC, “garantizando así el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
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