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Los comercios que no entreguen las respectivas notas de venta serán multados.archivo / Expreso

El SRI multará hasta con $ 13.800 a locales que no entreguen notas de venta

La entidad controlará el cumplimiento de la entrega de comprobantes a nivel nacional

El Servicio de Rentas Internas (SRI) aprobó  una resolución que establece sanciones de hasta treinta remuneraciones básicas unificadas ($ 13.800) para los comercios que no entreguen comprobantes de venta y que no transmitan, de forma electrónica, dichos comprobantes a la administración tributaria.

Así lo dió a conocer el ente recaudador este 5 de julio de 2024, a través de un comunicado, donde especifica que esta resolución, vigente desde el pasado 10 de junio de 2024,  también considera como no entrega de comprobantes a los siguientes casos:

  1. Comprobantes de venta físicos con autorización caducada.
  2. Comprobantes de venta electrónicos sin que el contribuyente esté autorizado para su emisión. 
  3. Comprobantes de venta cuya autorización pertenezca a otro contribuyente.
  4. Comprobantes de venta no autorizados.
  5. Falta de envío de los archivos XML y la representación impresa del documento electrónico (RIDE) del comprobante al correo electrónico del cliente.
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El SRI dio a conocer la tabla de multas monetizadas con la Remuneración Básica Unificada del trabajador en general (RBU) aplicable al período fiscal 2024 ($ 460,00). Estas se aplicarán según el tipo de contribuyente. Así, la multa más alta (de $ 13.800) se aplicará para los grandes contribuyentes y grandes patrimonios, mientras que la menor (de $ 460,00) es para contribuyentes no inscritos en el RUC. 

El SRI, advirtió que controlará el cumplimiento de la entrega de comprobantes de venta, tanto físicos como electrónicos, a escala nacional, mediante operativos de control, acciones de gestión tributaria y en atención a denuncias de los contribuyentes.

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