Vigencia del Contrato laboral Emergente levanta quejas
Expertos hablan de la necesidad de derogar este contrato “porque da pie a la precarización”. La empresa privada defiende los contratos por temporadas
En el año 2020 se creó la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, que incluyó la figura de Contrato Especial Emergente de Trabajo, para permitirles a las empresas contratar a empleados por el plazo de un año, con opción a renovar por máximo un año más; y en caso de querer terminar la relación laboral sin previo aviso, puedan hacerlo sin tener que pagar una indemnización.
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Leer másEste Contrato Especial, así como la Ley Humanitaria, se creó para mitigar la crisis económica producto de la pandemia de COVID, para evitar el quiebre de las empresas y sostener las condiciones de empleo en el país.
No obstante, después de más de tres años del inicio de la pandemia y luego de más de seis meses de que Ecuador se sumó a la decisión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de dar por terminada la crisis sanitaria, este contrato especial sigue vigente. Un hecho que es rechazado por la Confederación de Organizaciones Sindicales Libres (CEOSL), el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y varias organizaciones y profesionales del derecho.
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“A diferencia de los contratos regulares que se convierten en indefinidos después de los tres meses, esté contrato da pie a que un empleado sea despedido, por ejemplo, al año y medio de trabajo, sin tener derecho a una indemnización. Ese despido sin indemnización se hace bajo la base del COVID, pero ya no hay COVID. Esta norma que sigue vigente les permite a las empresas acogerse a esta modalidad de contratación y esto es precarización”, recalca a EXPRESO Jorge Sosa, abogado y experto en Derechos Humanos.
En Ecuador, desde el año 2020 hasta octubre de 2023, 148.774 personas han denunciado ante el Ministerio de Trabajo no haber recibido el pago de sus indemnizaciones, según datos facilitados a este Diario por esa cartera de Estado.
En 2020 las denuncias por el no pago de estos derechos sumaron 43.202 y en lo que va de este año (hasta octubre) se contabilizaban 34.609, a nivel nacional. Es decir, la tendencia se mantiene.
Marcela Arellano, presidenta de CEOSL y FUT, sostiene que la Ley de Apoyo Humanitario ha provocado regresión en los derechos laborales y en la calidad del empleo y que, desde el punto de vista de las asociaciones, llevó a un “incremento del trabajo no remunerado, al incremento del empleo precario y a más desempleo”.
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Leer más“La Ley de Apoyo Humanitario en sus artículos 16, 17, 18, 19 20 y 21, así como en las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera y todas las reglamentaciones que de ella se desprenden, son normas claramente inconstitucionales, por lo tanto deben ser derogadas”, explica.
El también abogado y experto en temas laborales Lenín Duque añade que este contrato además provoca inestabilidad laboral. “Nosotros en Ecuador tenemos derechos que son progresivos y garantistas. Con este contrato, que no existe en la legislación, se comete un abuso”, asevera.
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Él señala que las personas cuyos empleadores les propongan un contrato especial emergente, pueden denunciar o impugnar, de acuerdo con el artículo 40 del Código del Trabajo.
Pero no todos consideran que necesariamente este contrato deba ser eliminado. Francisco Jarrín Rivadeneira, presidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil, menciona, como voz de la empresa privada, que “toda contratación que permite incorporar más colaboradores es siempre favorable, y este Contrato Especial ha permitido a las empresas generar nuevos puestos de trabajo”.
Jarrín indica que hay sectores que requieren contratar trabajadores por periodos cortos y “si se pasan los dos años, el contrato automáticamente pasa ser indefinido”.
“Hay empresas que buscan colaboradores porque necesitan trabajadores para una cierta temporada. Por ejemplo, en el sector comercial hay empresas que necesitan contratar únicamente para la época de diciembre y enero. Si viene funcionando, por qué eliminarlo”, plantea Jarrín.
La Asamblea Nacional intentó derogar la Ley de Ayuda Humanitaria en junio del 2022, pero hubo una objeción total por parte del expresidente Guillermo Lasso. En ese momento, el Legislativo buscaba eliminar la mayor parte de la normativa y hacer cambios como reprogramar el cobro de cuotas impagas durante la pandemia a través de acuerdos y que, precisamente, se establezca que los ciudadanos contratados bajo la modalidad de Contrato Emergente que hayan superado los 90 días del periodo de prueba pasaran a tener un contrato sin límite de tiempo.
El veto del expresidente, que argumentó que se daba porque la propuesta del Legislativo no fue clara y porque afectaba disposiciones relevantes, imposibilitó que este tema vuelva a ser tocado en la Asamblea durante un año.
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Leer más“La nueva Asamblea puede tratar esta ley actualmente y en un solo debate podría solicitar su derogatoria total”, dice Sosa.
Los expertos defienden que el Ministerio de Trabajo podría derogar el acuerdo ministerial que regula este contrato laboral especial. Ante ello, EXPRESO le consultó a esta cartera de Estado, del nuevo gobierno, sobre su posición. En su respuesta, Trabajo indicó en un comunicado que “la ministra Ivonne Núñez revisará el tema para tomar las definiciones que sean pertinentes en el ámbito de sus competencias”.
- Lo que dice la ley
Laboral
Una de las características de esta ley es que por eventos de fuerza mayor debidamente justificados, el empleador podrá reducir la jornada laboral hasta un 50 %. El sueldo del trabajador será proporcional a las horas trabajadas.
Educación
La Ley Humanitaria señala que hay descuentos de hasta el 25 % en las instituciones del sistema de educación para los alumnos cuyos representantes perdieron su trabajo o ingresos durante la pandemia de covid.
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