Coronavirus: Este es el protocolo para el retorno de menores de edad a Ecuador
Un documento oficial al que tuvo acceso EXPRESO marca la ruta logística para este y otros grupos vulnerables.
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Leer más¿Cuál será el protocolo de retorno para grupos vulnerables durante el estado de excepción en Ecuador? Diario EXPRESO accedió al documento oficial que explica cómo se dará el ingreso al país de niños, niñas y adolescentes, que se encuentren fuera sin sus padres o tutores legales; de mujeres en estado de gestación; y personas con discapacidades y de la tercera edad, en medio de la emergencia sanitaria suscitada por el nuevo coronavirus.
Con ese texto, que consta de diez páginas, se busca marcar la ruta logística para ayudar a quienes han sido identificados por las autoridades como "los más vulnerables" de esta crisis. El pasado lunes 23 de marzo del 2020, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) resolvió implementar este protocolo, pues el 16 de marzo —cuando se declaró Estado de Emergencia— se prohibió el ingreso de nacionales y extranjeros por vía aérea al país.
Este protocolo lo aplicarán el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Gobierno, la Policía Nacional, la Dirección General de Aviación Civil y todas las entidades involucradas para el retorno de los compatriotas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad y fuera del territorio ecuatoriano por la emergencia mundial del COVID-19.
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- LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS
El documento detalla los procedimientos que corresponden obligatoriamente seguir a los niños, niñas y adolescentes que no estén con sus padres o tutores legales en el exterior, mujeres embarazadas y personas con discapacidades y de la tercera edad para ser admitidos en el Ecuador durante la emergencia sanitaria. Estos son algunos puntos.
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Leer más- Los consulados acreditados en el exterior notificaran a Cancillería sobre la existencia de los casos de este protocolo.
- Cancillería notifica, a través del COE, a las instituciones de las que se requerirá participación en relación a los arribos.
- Las instituciones involucradas gestionarán de manera coordinada estos arribos en el ámbito de sus competencias.
- La Dirección General de Aviación Civil concederá la autorización de operación cumpliendo la normativa correspondiente.
- Se realizará una evaluación médica obligatoria al arribo de los viajeros por parte del Ministerio de Salud Pública, así como el lugar donde se realizara el Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO).
- La autoridad sanitaria nacional organizará la administración de la prueba a toda persona que llegue al país de acuerdo a la normativa vigente.
- Aunque la prueba de laboratorio ofrezca un resultado negativo, el viajero deberá cumplir con el APO dispuesto por el Ministerio de Salud Pública.
- En caso de que la prueba de resultado positivo, el viajero deberá sujetarse a las disposiciones de la autoridad sanitaria, que podrán incluir un aislamiento obligatorio y/o tratamiento médico, entre otras medidas.
Además, quienes se acojan a este protocolo, tienen el compromiso de mantener aislamiento preventivo durante quince días.
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Leer más- Inmediatamente después de llegar a Ecuador, el viajero deberá cumplir con el APO en el centro de aislamiento que le sea indicado y, según las normas establecidas por la autoridad, por un periodo mínimo de catorce días.
- Los viajeros adultos con respecto a sí mismos o los padres o tutores de cada viajero menor de edad, deberán pagar los costos de su estadía en el lugar de alojamiento designado por las autoridades (se darán facilidades para el correspondiente pago).