EMBAJADA MEXICO
Decisión. Para viajar a México o realizar trámite administrativo, el ciudadano debe ir a Perú o Colombia.Angelo Chamba / Archivo

Ecuador vs México: ¿Quién ganó en la CIJ?

La Corte Internacional de Justicia no vio necesaria que se declare la inviolabilidad de la embajada en Quito 

Desde tempranas horas (horario Ecuador) se celebraba este 23 de mayo de 2024 la audiencia para conocer si la Corte Internacional de Justicia (CIJ) aceptaba declarar las medidas provisionales solicitadas por México contra el país del sur. 

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La nación Azteca había pedido al organismo internacional que ordene al Gobierno del presidente Daniel Noboa que:

  • Garantice la seguridad e inviolabilidad del predio de la sede diplomática en Quito, 

  • el cese del hostigamiento a los funcionarios diplomáticos

  • La inacción de Ecuador en medidas que puedan agravar el conflicto, entre otras medidas más solicitadas.

La disposición de la Corte Internacional de Justicia 

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La Corte expuso que la aplicación de medidas provisionales no es necesaria, "considerando que esas garantías son vinculantes y crean obligaciones jurídicas para Ecuador". Por lo tanto, consideró que "actualmente no existe urgencia, en el sentido de que no existe un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable a los derechos reclamados por México".

No obstante, el Tribunal de Justicia consideró que se debe resaltar  la importancia fundamental de los principios consagrados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. "Que no existe requisito previo más fundamental para el desarrollo de las relaciones entre Estados que la inviolabilidad de los enviados diplomáticos y de las embajadas".

La Corte reafirmó  que la decisión dictada no prejuzga en modo alguno la cuestión de la competencia de la Corte para conocer del fondo del asunto ni las cuestiones relativas a la admisibilidad de la Demanda o al fondo mismo. "Deja intacto el derecho de los Gobiernos de México y Ecuador a presentar alegaciones respecto a dichas cuestiones".

Sugerencias de la CIJ para Ecuador

  • Proporcionar plena protección y seguridad a las instalaciones, bienes y archivos de la misión diplomática de México en Quito, para evitar cualquier forma de intrusión en contra de los mismos. 
  • Permitir a México desalojar los locales de su misión diplomática y las residencias privadas de sus agentes diplomáticos.
  • Abstenerse de toda acción que pueda agravar o ampliar la controversia de la que conoce el Tribunal y, en su lugar, buscar la solución pacífica de las controversias.

Frente a esta situación la Cancillería de Ecuador acogió con beneplácito la resolución del organismo internacional y dijo en un comunicado que se reconoció la buena fe de Ecuador y que dejó en claro que las presentes circunstancias no presentan ningún riesgo para los derechos de de México

La crisis diplomática entre Ecuador y México inició luego de que la Policía Nacional ingrese a la sede de ese país en la capital ecuatoriana para detener al exvicepresidente Jorge Glas, quién era requerido por la justicia en una investigación que lleva adelante la Fiscalía General del Estado por irregularidades en la reconstrucción de Manabí

Es necesario precisar, que Ecuador presentó ante la CJI una demanda contra México por intromisión a asuntos nacionales y ese es otro proceso que no tiene relación con las medidas provisionales presentadas por México. El desarrollo de esas audiencias se dará más adelante según se ha informado desde los organismos competentes. 

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