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Vicepresidenta Verónica Abad
La vicepresidenta Verónica Abad recobró sus funciones el lunes 23 de diciembre.Foto: Angelo Chamba/ Expreso

El efecto de esquivar la licencia por Abad

El Gobierno sostiene que es una decisión de Noboa Expertos hablan de las acciones que se generarían

Un nuevo laberinto jurídico se abriría con la alternativa que, supuestamente, le quedaría a Daniel Noboa para evitar pedir licencia, luego de que la jueza Nubia Vera decidió restituir a Verónica Abad sus funciones como vicepresidenta.

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Con el fallo, la segunda mandataria está habilitada para asumir la Presidencia de la República, en caso de que el jefe de Estado deba realizar campaña por la reelección en 2025.

La opción se va cimentando en Carondelet. “Es decisión del presidente de si debe pedir licencia o no. Revisen el fallo de interpretación de la Corte Constitucional (CC) de 2010, donde se zanja este problema de que las elecciones anticipadas de la muerte cruzada no se pueden considerar unas elecciones en período ordinario y que esto tampoco podría considerarse como una reelección”, dijo el ministro José De La Gasca tras conocer la resolución.

La posibilidad desencadenaría algunos escenarios

“Probablemente quieran hacer uso de esa norma, pero la Corte Constitucional se terminará pronunciando. Quizá puedan ir sin pedir licencia por la reelección, pero eso les generará consecuencias más tarde en el momento en que la CC se pronuncie”, argumenta el constitucionalista Arturo Moscoso, quien subraya que aquella resolución se aplicó para otro caso. “Es clarísimo que si el presidente fue elegido y va a optar por otro período, es una reelección. No importa que esté terminado o no el período”, insiste.

El experto en Derecho Constitucional José Chalco también observa eventuales efectos de un control en el máximo órgano. “El equipo jurídico y los asesores podrían estar haciendo un daño a Noboa en lugar de cuidarlo, porque podría generar una emboscada que sería autolesiva. El hecho de que no pida licencia es violar el art. 93 del Código de la Democracia. Es hacer una interpretación indebida de la sentencia de la CC sobre la muerte cruzada que nada tiene que ver con lo de no pedir licencia”. Y anticipa: “Es abrir la puerta a que un servidor público haga campaña para que exista un sinnúmero de denuncias de posible uso de fondos públicos”.

El fallo de Vera cierra las posibilidades de Noboa para evitar la sucesión presidencial, estima el experto constitucionalista Ismael Quintana. “En dos o tres semanas arrancamos la campaña y le quedan dos caminos. El primero, la posibilidad de no acogerse a la licencia sin sueldo, entendiendo que el dictamen interpretativo indicó que dignatarios que llegaran por muerte cruzada solo completan el período de antecesores y entendiendo, literalmente, que el art. 93 exige licencia solo para casos de reelección inmediata para el mismo cargo”.

El segundo es el proceso pendiente en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por la denuncia que la asesora presidencial, Diana Jácome, presentó contra Abad por supuesta violencia política de género.

La audiencia será el viernes y, en el supuesto de que la sancionen con la pérdida de derechos políticos, “al ser una infracción electoral, puede apelar, y una eventual suspensión no se hará efectiva mientras no haya sentencia ejecutoriada de parte del TCE y resultaría inoficioso” para los intereses de Noboa, considera Quintana.

A eso se suma la desconfianza en el organismo. Según Chalco, “en el TCE hay más dudas que certezas. No hay garantías de su debida actuación, lo cual será lesivo para la institucionalidad del país, pues las únicas causas de destitución de la vicepresidenta están en la Constitución y ninguna contempla la actuación del Tribunal”.

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Incluso, en el TCE podría configurarse otra cancha por las denuncias que se generarían ante el uso de fondos públicos. Pero “es difícil porque ha sido más bien tibio con las resoluciones”, cree Moscoso.

Más bien le parece que el Gobierno está al tanto de una futura reacción de la CC si no pide licencia y por ello dispuso que Abad se traslade a Turquía. “Quizá intentan ampararse en la norma de que, en ausencia de la vicepresidenta, se puede encargar la Presidencia a un ministro. Ya no por estar suspendida en funciones, sino porque está fuera del país. Es una interpretación bastante forzada y que podría caer en un proceso de acción constitucional, pero le daría tiempo para evaluar”.

En ese escenario, Abad tendría como opción nuevamente solicitar medidas cautelares urgentes, “pero ya vimos que no se las dieron, aunque luego sí (se) le otorgó la acción de protección”.

¿Noboa enfrentaría una eventual sanción si no pide licencia?

“No existe, como tal, una infracción electoral que sancione no tomar la licencia”, explica Quintana. En ese caso, tampoco podría actuar la Contraloría del Estado. Recuerda el proceso del excontralor Pablo Celi, quien fue sancionado por intentar realizar exámenes en materia electoral.

En este punto, Chalco cuestiona el papel del procurador. “Es el abogado del Estado, no del presidente ni de la vicepresidenta; es el abogado que debería tutelar lo que se denuncie y lo que suceda para que se respete al Estado y el orden jurídico”.

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