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SILLA PALACIO CARONDELET
El Palacio de Carondelet es la sede de la Función Ejecutiva del Ecuador.ARCHIVO

Elecciones Ecuador 2025: ¿Quién se quedará con la silla de Carondelet, Noboa o Abad?

El 5 de enero de 2025 arranca la campaña electoral, en medio de la incógnita de la licencia del presidente Daniel Nooba

A días de que arranque la campaña para las elecciones generales de 2025, la pregunta sobre quién quedará a cargo del sillón del Palacio de Carondelet sigue sin hallar respuesta, aunque el gobierno y los analistas dicen tener una visión clara sobre lo que debería suceder.

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Desde el régimen, el ministro de Gobierno José De La Gasca ha venido apuntalando el argumento de que el presidente Daniel Noboa podría acogerse a una sentencia interpretativa de la Corte Constitucional que señala que, en un proceso posterior a la muerte cruzada, no se requeriría licencia para la campaña.

Por su lado, analistas consultados por EXPRESO sostienen que la tesis del gobierno no tiene sustento, especialmente cuando la justicia constitucional ya resolvió la situación jurídica de la vicepresidenta Verónica Abad y el estado de sus funciones como segunda mandataria.

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Luego de varias dilaciones, el 23 de diciembre de 2024, la jueza Nubia Vera aceptó la acción de protección que Verónica Abad presentó en contra de su suspensión vía sumario administrativo. Con ello, la vicepresidenta recuperó sus funciones, pese a que luego, el presidente la volvió a enviar al exterior.

La licencia para Noboa es obligatoria, según juristas

Más allá de que el presidente Daniel Noboa le haya vuelto a designar una función en el extranjero a Abad, para el jurista y director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, Mauricio Alarcón, lo que debe suceder en el arranque de la campaña electoral está claro.

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“Según el artículo 93 del Código de la Democracia, no hay opción: Noboa tiene que pedir licencia. Esto configura una ausencia temporal y, por ende, un encargo temporal en manos de la vicepresidenta Verónica Abad. No hay alternativa,” comenta Alarcón.

Según acota, cualquier decisión que se tome por fuera de ese marco jurídico sería inconstitucional. Asimismo, sostiene que las funciones de Abad en Turquía no serían un impedimento: “Ella deberá volver el 5 de enero, cuando Noboa inicie la campaña electoral.”

Verónica Abad durante la audiencia donde se aceptó su acción de protección.
Una vez ganada la acción de protección, el presidente Daniel Noboa volvió a enviar a Turquía a la vicepresidenta Verónica Abad.ANGELO CHAMBA.

El irrespeto a la ley podría ser mal vista por el electorado

En esa misma línea se encuentra el constitucionalista José Chalco, quien hace hincapié en que están asesorando mal al presidente de la República al decirle que no necesitaría pedir licencia bajo el amparo de la sentencia interpretativa de la Corte Constitucional.

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“El presidente está obligado a solicitar licencia, de acuerdo con el artículo 93 de la Ley Electoral,” anota y aclara que el alcance de la sentencia interpretativa de la Corte Constitucional se limita al cómputo de los períodos de gobierno, pero no a la licencia para la campaña.

La lógica detrás es que, acota, “la Constitución no quiere un candidato-presidente ni un candidato-asambleísta”, ya que rompería el principio de igualdad. “Incluso ponen en riesgo al presidente si lo denuncian por hacer campaña siendo servidor público,” alerta Chalco.

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En el contexto de un proceso electoral y de un presidente que pretende mantenerse en el poder, la académica y especialista en comunicación estratégica, Caroline Ávila, sostiene que “es grave que un candidato postule sin tener una imagen de respeto a la normativa”. Además, hace hincapié en que ello podría no convenir al primer mandatario en sus intenciones de quedarse con la silla de Carondelet por cuatro años más.

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