Los miembros de mesa se encargan de la instalación de la junta y escrutinio.
Los miembros de la mesa receptora del voto verificarán que los documentos sean originales y se encuentren en el padrón electoral.ARCHIVO

Elecciones Ecuador 2025: ¿Si perdió la cédula, con qué documentos podrá votar?

El domingo 9 de febrero, desde las 07:00 hasta las 19:00, en Ecuador. 13’736.315 electores están habilitados en los comicios

El domingo 9 de febrero, 13’736.315 electores están habilitados para participar en los Comicios Generales 2025. En estas elecciones, se escogerán presidente y vicepresidenta, cinco parlamentarios andinos y 151 asambleístas (15 nacionales, 130 provinciales y seis de las circunscripciones especiales del exterior). Pero ¿con qué documentos puede sufragar?

La ley de silencio electoral busca garantizar que los votantes puedan tomar decisiones libres y sin presiones de última hora.

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A nivel nacional, en las 24 provincias, se han instalado 40.791 juntas receptoras del voto; en el extranjero, 692. Los votantes, en el país, podrán sufragar desde las 07:00 hasta las 17:00. En cambio, en el exterior, el voto es de 09:00 a 19:00.

¿Con qué documentos se puede votar?

De acuerdo con información del Consejo Nacional Electoral (CNE), en el país, los votantes deberán acercarse a votar con su cédula de identidad o pasaporte, independientemente de que estén vigentes o caducados, pero estos documentos deberán ser originales. Igualmente, quienes voten en el extranjero, aunque también podrán hacerlo con la presentación de su ID consular o carné de identificación consular, que es un documento de identidad que se expide en las oficinas consulares para acreditar la nacionalidad e identidad de los ciudadanos de un país que residen en el extranjero.

En el caso de los policías y militares deberán presentar su cédula o pasaporte original y la credencial para votar, que es un adhesivo entregado por el CNE. Los miembros de la fuerza del orden en servicio activo podrán sufragar en la JRV del recinto electoral donde estén prestando sus servicios o en cualquier recinto electoral que esté cercano a su ubicación. No obstante, al momento de votar, no deberán portar armas.

Sin embargo, con la licencia de conducir ningún elector podrá ejercer su derecho al voto. Tampoco con otro documento.

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¿Qué no se puede realizar el domingo 9 de febrero?

El día de las elecciones, la Policía Nacional controlará que no exista venta ni consumo de bebidas alcohólicas, lo cual está prohibido, tanto el expendio como el consumo, 36 horas antes del inicio de las votaciones hasta 12 horas después del domingo 9 de febrero. También verificarán que no se realice proselitismo político en el exterior de los recintos electorales.

Además, los gendarmes deberán evitar que las personas se aglomeren en los alrededores de los recintos electorales. Así también controlarán que las personas no porten armas ni se encuentren en estado etílico; sin embargo, notificarán a los presuntos contraventores electorales con una boleta de citación.

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