Elecciones: juez del TCE falla a favor de la paridad en los binomios presidenciales
El CNE había decidido, junto a los partidos políticos, no aplicar la reforma en las elecciones de agosto. La sentencia aún puede ser apelada
El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ángel Torres, dio un plazo de 24 horas al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que empiece a aplicar los principios de equidad, paridad, alternabilidad y secuencialidad en la conformación de los binomios presidenciales.
En la sentencia, publicada este 2 de junio de 2023, el juez señala que la decisión adoptada por el organismo electoral, junto a las organizaciones políticas, durante el primer Consejo Consultivo del 23 de mayo pasado, de no aplicar en las elecciones extraordinarias de agosto la paridad en las candidaturas es regresivo en derechos de las mujeres.
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Leer másLas denunciantes se basan en la transitoria tercera de las reformas al Código de la Democracia de 2020 que señala que “la obligación de paridad en los binomios presidenciales se cumplirá a partir de las elecciones subsiguientes a las elecciones generales posteriores a la vigencia de la presente ley”.
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En tanto que, para la inscripción de candidaturas unipersonales y pluripersonales (como las de los aspirantes a asambleístas) el porcentaje mínimo de encabezamiento de las listas debe ser del 50%, señala la norma vigente.
El CNE se justificaba argumentando que no se tratan de un nuevo proceso electoral para un nuevo periodo, sino para completar el que falta hasta 2025. “No son nuevas elecciones, no es un nuevo periodo. Las autoridades que se elijan durante este proceso culminarán sus funciones el 23 de mayo de 2025. Es únicamente por el periodo que falta”, había señalado el consejero José Cabrera.
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Pero, en la sentencia, el juez Torres dice que “las Elecciones Anticipadas 2023 constituyen un nuevo proceso electoral en el que se hace una renovación total de los legisladores y se designa a un nuevo presidente/a y vicepresidente/a de la República”.
Binomios con paridad de género, ¿en vigencia para las elecciones anticipadas?
Leer másAdemás, que la reforma al Código de la Democracia aprobada en 2020 no exceptúa a las elecciones anticipadas, como la de agosto próximo, por lo que corresponde la aplicación de los literales que se refieren al tema de paridad en la Disposición Transitoria Tercera.
Esta sentencia es de primera instancia y puede ser apelada. Algunos posibles aspirantes a la Presidencia, como Jan Topic, habían anunciado a otro varón, Pedro José Freile, como su binomio lo cual no sería posible si se ratifica este fallo en segunda instancia.