Cocinas de inducción
El gobierno de Daniel Noboa entrega cocinas de inducción que fueron compradas en 2014 y estaban en una bodega.Cortesía Min Inclusión

Elena Nájera pide a Atamint informe sobre entrega electoral de cocinas de inducción

La entrega de donaciones, dádivas y regalos para comprar votantes está prohibido 

La vocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Elena Nájera, solicitó a la presidenta del organismo, Diana Atamaint, que informe sobre las acciones tomadas por el CNE para el control de la campaña anticipada en las veinticuatro provincias del país y para identificar la procedencia de los dineros con los que se realizan estas actividades proselitistas.

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Ambos pedidos ya fueron solicitados por escrito por parte de Nájera en comunicaciones entre el 30 de octubre y el 10 de diciembre de 2024. Esto sobre la base del artículo 204 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, que establece: “Los sujetos políticos que aspiren o participen en una elección popular u opciones de democracia directa, no podrán entregar donaciones, dádivas o regalos a las ciudadanas y ciudadanos, a excepción de los artículos promocionales reglamentados”.

“Con estos antecedentes, en el escenario de la campaña electoral 2025, han circulado tanto en redes sociales como en medios de comunicación, imágenes de algunos candidatos y asambleístas/candidatos del movimiento de gobierno, Acción Democrática Nacional (ADN), entregando cocinas de inducción, plátanos a nombre del Presidente de la República y fundas con regalos y se embanderó el Puente de la Unidad Nacional de la ciudad de Guayaquil, con material promocional de esta organización política”, dice Nájera.

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Nájera solicita a Atamaint un informe sobre las acciones que ha tomado o tomará el Consejo Nacional Electoral, “para controlar este tipo de campaña y evitar que prácticas destinadas a la compra del voto en las Elecciones Generales 2025”.

Finalmente, pidió que se disponga una investigación sobre el posible uso de recursos públicos en la campaña electoral de aquellas autoridades que han optado por la reelección; y qué candidatos presuntamente han violado el artículo 204 del Código de la Democracia.

¿Qué dice la ley?

  • Artículos 204 del Código de la Democracia: Los sujetos políticos que aspiren o participen en una elección popular u opciones de democracia directa, no podrán entregar donaciones, dádivas o regalos a las ciudadanas y ciudadanos, a excepción de los artículos promocionales reglamentados”.

  • Es una infracción electoral grave sancionada con multas desde once salarios básicos unificados hasta veinte salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.

  • El numeral 2 del artículo 278 de la Ley determina: “Entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos no autorizados por la autoridad electoral, durante el periodo de campaña electoral, en el caso de representantes legales, candidatos, responsables económicos y jefes de campaña de las organizaciones políticas”.

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