Furukawa Ecuador: ¿Por qué fue declarada responsable de esclavitud moderna?
La Corte Constitucional emitió su sentencia sobre el caso. Otorgó reparos a los afectados
Llegó el fallo. La Corte Constitucional, en el marco de su facultad de revisión de sentencia, otorgó las acciones de protección en el denominado caso Furukawa. En un comunicado oficial, el máximo organismo de interpretación de la Constitución informó que analizó las acciones de protección de un conjunto de personas afectadas en contra de la empresa Furukawa Plantaciones del Ecuador C.A. y de los Ministerios de Trabajo, Salud, Inclusión Económica y Social, Educación y Gobierno.
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La Corte aceptó las acciones de protección porque, a criterio de una mayoría de jueces, "la empresa "mantuvo en sus haciendas una práctica análoga a esclavitud conocida como servidumbre de la gleba". ¿En qué consiste este sistema? La Corte explica que este consiste en aprovecharse de personas en condiciones de extrema vulnerabilidad para que vivan en campamentos dentro de las haciendas y coseche abacá en beneficio de Furukawa durante varias generaciones, sin que puedan cambiar su condición".
La sentencia declaró, continúa el comunicado, que la empresa "violó la prohibición de la esclavitud en perjuicio de las o los abacaleros de sus haciendas, anulando la dignidad humana". La Corte también verificó que se generó un daño general a los trabajadores y al tejido social, así como "afectaciones desproporcionadas" a las mujeres y los menores de edad, adultos mayores y personas que sufrieron mutilaciones al cultivar el abacá.
🔵#BoletínCC | En Sentencia 1072-21-JP/24, la Corte Constitucional declara que en las haciendas de la empresa Furukawa existió una práctica análoga a la esclavitud.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) December 5, 2024
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Leer más¿Cuáles son las medidas de reparación que dictó la Corte?
La Corte Constitucional dictó varias medidas de reparación que deberán cumplir la empresas y el Estado a través del Ejecutivo. El fallo establece montos que deberán ser pagados por la empresa por concepto de daño inmaterial y material para 342 víctimas, así como montos adicionales en función de condiciones específicas de las víctimas y un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas.
De la misma manera, la Corte dicta medidas de reparación que deberán cumplir las instituciones públicas que omitieron su deber de prevención y protección. A decir de la Corte, los Ministerios de Trabajo y de Salud debieron conocer la situación de los trabajadores abacaleros y que cualquier medida tomada a posterior a la denuncia pública fue insuficiente. Es por ello que ahora dicta que estas instituciones deberán crear una política pública interinstitucional dirigida a "atender y superar las causas estructurales que favorecen la servidumbre de la gleba". Además de las disculpas públicas, las reformas legales para evitar este tipo de esclavitud, la creación de un documental sobre la servidumbre de la gleba y otras expresiones artísticas que generen memoria sobre los hechos, la declaración de un día de conmemoración de las víctimas del Furukawa y la publicación de la sentencia.
¿A cuánto ascenderá la compensación económica a los afectados?
De acuerdo a la sentencia, el pago de una reparación económica en este casos consistente en un monto base de 120.000 dólares (40.000 por daño inmaterial y 80.000 por daño material) a favor de cada una de las personas identificadas como víctimas en esta sentencia. A este monto base deben sumarse los montos adicionales de 5.000 dólares en función de la condición específica de mujer, niño, niña o adolescente, adulto mayor y/o persona con amputaciones de miembros, a favor de las personas identificadas en la sentencia. El pago deberá realizarse a través de un pago inicial de 20.000 dólares a favor de cada una de las víctimas y pagos parciales posteriores en función del plan de pagos que debe presentar la empresa para la aprobación de la Corte, con la participación de las víctimas.
La Corte también ordenó notificar el contenido de la sentencia a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros a fin de que disponga la intervención de Furukawa y designe al interventor en el término perentorio de diez días.
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