Esto es lo que se podrá hacer en Quito a partir de este 13 de septiembre
Este domingo termina el Estado de Excepción en el país y cada ciudad decidirá las restricciones para sus habitantes. Te mostramos las reglas que se conocen hasta ahora
El 13 de septiembre, el Gobierno Nacional levantará el Estado de Excepción en el país. Lo que significa que desde ese día ya no regirá el toque de queda, ni los controles a aglomeraciones. No obstante, para evitar contagios de coronavirus, cada ciudad impondrá sus propias reglas que ayude al cuidado de su población.
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Leer másPor esa razón, este 10 de septiembre, el Municipio de Quito emitió las nuevas medidas frente a culminación del Estado de Excepción. Te lo detallamos aquí:
¿Qué se debe cuidar al usar bienes de dominio público y espacio público?
Se debe portar mascarilla, salvo a quienes practiquen actividades deportivas que
permita mantener distanciamiento mayor a 2 metros. Portar y exhibir cédula o cualquier documento que acredite la identidad. Y, por su puesto, respetar el distanciamiento de dos metros. En caso de no cumplirlas se le sancionará con una multa equivalente al 25 % de un SBU.
¿Cuál es el plan de restricción vehicular?
En meses impares, enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, la distribución será de esta manera según el día de la semana y el último dígito de la placa habilitado para circular:
- Lunes, miércoles y viernes: 1, 3, 5, 7 y 9
- Martes, jueves y sábado: 2, 4, 6, 8 y 0
- Domingo: Todos los dígitos
- Feriados: Todos los dígitos
En meses pares, febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre, la distribución será de esta manera según el día de la semana y el último dígito de la placa habilitado para circular:
- Lunes, miércoles y viernes: 2, 4, 6, 8 y 0
- Martes, jueves y sábado: 1, 3, 5, 7 y 9
- Domingo: Todos los dígitos
- Feriados: Todos los dígitos
¿Qué automóviles no necesitarán salvoconducto para circular?
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Leer másTodos aquellos en los que sus ocupantes justifiquen y presenten licencia de conducir y credencial institucional, laboral o profesional o cualquier otro documento que acredite
encontrarse en la situación de excepción.
En cualquier otro caso se deberá presentar salvoconducto.
¿Qué deben detallar los salvoconductos?
El formulario de salvoconducto deberá estar acompañado de la declaración que se contempla en la Resolución aprobada, sobre veracidad de la información.
Personas con salvoconductos de la Administración Pública Central podrán sustituirlos por los salvoconductos emitidos por el Distrito Metropolitano de Quito hasta el 31 de octubre del 2020.
La sanción por inobservancia al plan de restricción vehicular: multa equivalente al 50% de un SBU y retención del vehículo.
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Leer más¿Podrás usar el transporte público y las terminales terrestres?
El transporte público tendrá un aforo máximo del 50% de cada unidad y de conformidad con el protocolo emitido por la Secretaría de Movilidad. Las terminales terrestres operarán, al tratarse de transporte intraprovincial e interprovincial, en cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, con un aforo máximo del 50%.
¿Cuántas personas podrán ingresar a centros comerciales?
Centros comerciales, supermercados y mercados, agenciasbBancarias y cooperativas, restaurantes, cines, teatros y auditorios podrán tener un aforo máximo del 50 %.