
Estado de excepción: ¿El toque de queda aplica en Quito?
Este 12 de abril de 2025, un día antes de las elecciones 2025, el presidente Daniel Noboa decretó nuevo estado de excepción
El Distrito Metropolitano de Quito forma parte de los cantones incluidos en el estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa, vigente desde este 12 de abril de 2025. Sin embargo, en la capital ecuatoriana no se aplicará el toque de queda.
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Un día antes de las elecciones generales de 2025, Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 599, mediante el cual declaró el estado de excepción en siete provincias, dos cantones y en las cárceles del país, incluyendo a Quito.
Como consecuencia de esta medida, se suspenden cuatro derechos fundamentales: la inviolabilidad del domicilio, la inviolabilidad de la correspondencia, el derecho a la libre asociación y el derecho al libre tránsito en 21 cantones.
El decreto también establece un toque de queda, habilitado por la suspensión del derecho a la libre movilidad. La restricción de tránsito regirá desde las 22:00 hasta las 05:00 en los siguientes cantones:
- Camilo Ponce Enríquez (Azuay) - Durán, Balao, y la parroquia Tenguel (Guayas)
- Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Pueblo Viejo, Vínces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma, y Montalvo (Los Ríos).
- Joya de los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto (Orellana)
- Shushufindi y Lago Agrio (Sucumbíos).
Es decir, Quito no está incluido en la lista de cantones donde se restringirá el libre tránsito entre las 22:00 y las 05:00. Cabe recordar que el estado de excepción tendrá una duración de 60 días, aunque la Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad de esta medida adoptada por el Ejecutivo.
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