
La Fiscalía aclara que la prisión preventiva de Salcedo aún está vigente
La orden se cuenta desde que se hizo efectiva la medida
A través de un comunicado, la Fiscalía General del Estado aclaró que el recurso presentado por Daniel Salcedo “desconoce lo estipulado en el Código Integral Penal (COIP)”. Según explicó la entidad, el artículo 541, numeral 3, del COIP indica que “el plazo para que opere la caducidad se contará a partir de la fecha en que se hizo efectiva la orden de prisión preventiva”.
#ATENCIÓN | Sobre el habeas corpus solicitado por Daniel S., sentenciado y procesado por varios delitos, #FiscalíaEc informa que su defensa intenta –mediante argucias– desconocer lo estipulado en el COIP, respecto a la prisión preventiva (comunicado). ⬇️ #FiscalíaContraElDelito pic.twitter.com/z0ARU0ZSt3
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) January 14, 2022
Además, señaló que Salcedo y su defensa, liderada por Abdalá Bucaram Pulley, han “intentado desconocer lo señalado”. Por otra parte, la Fiscalía indicó que, a través de la figura de amicus curiae, “acudió a la diligencia con todos los agentes fiscales”. Esto con la finalidad de “sustentar sobre la base de hechos”.
Daniel Salcedo fue sentenciado, en primera instancia, a 13 años de prisión por el delito de peculado en el caso de la adquisición de fundas para cadáveres y otros insumos médicos en el Hospital IESS de Ceibos durante la pandemia.