Hay muchas pruebas para sancionar el abuso a mujeres, pero para la justicia no basta
Ni los testimonios de las víctimas ni las pericias realizadas han sido elementos concretos para condenar a los acusados
Las redes sociales se han convertido en un mural que recoge las declaraciones de quienes dicen haber sufrido abuso físico, psicológico, sexual o de cualquier otra índole. Los gritos desesperados por justicia se han convertido en hashtags y los usuarios se han vuelto acusadores o promotores de derechos. Hay de todo.
En los últimos días, por ejemplo, se ha promovido la campaña llamada ‘Justicia para Brenda’, que narra con una borrosa foto y una carta que figura ser una declaración, el abuso sexual que sufrió Brenda mientras realizaba su internado de la carrera de Radiología e Imagenología en el hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de Portoviejo.
En la carta, viralizada por varios usuarios, Brenda (nombre protegido) cuenta que “el 30 de agosto del 2018, fui violada salvajemente por tres funcionarios públicos, todos ellos personal de salud”. El hecho fue denunciado por Brenda y su abogado en la Corte Provincial de Manabí, donde señaló como sus victimarios a Darwin José Cedeño Saltos, Rolando Fabricio Zambrano Torres y Ronald Leonardo Ramírez Demera, todos ellos compañeros de trabajo y uno de ellos, profesor de segundo y séptimo semestre de universidad.
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Leer másEn primera instancia, el tribunal de Garantías Penales de Manabí declaró culpables a los procesados por el delito de violación sexual y los condenó con una pena privativa de la libertad de 29 años. Sin embargo, en una segunda instancia y con las mismas pruebas presentadas por la defensa de Brenda, el 13 de enero de 2020 se notificó que tras la aceptación del recurso de apelación presentado por la defensa de los acusados, el tribunal conformado por Gina Mora Dávalos, María Miranda Durán y José Ayora Toledo emitió una sentencia con la que declaró inocentes a los implicados, debido a que “el testimonio de la víctima no fue contundente”.
Ante esto, Ramiro García Falconí, abogado de Brenda, sostiene que hay pruebas suficientes, como el examen toxicológico que determinó que Brenda fue drogada. Como también el informe presentado por la Policía Nacional el día del suceso, en el que se detalla en qué circunstancias fue hallada Brenda.
García explicó a EXPRESO que tras el fallo del tribunal que declara inocentes a los acusados, han presentado el recurso extraordinario de casación ante la Corte Nacional de Justicia, con el objetivo de que sean analizados los errores que, a decir de él, tuvo la decisión del tribunal.
En el país, existen organizaciones y programas gratuitos que brindan acompañamiento a las víctimas de abuso físico, psicológico y sexual. Es el caso del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam), cuyas cifras indican que en 2021 acudieron 865 personas al lugar en busca de ayuda tras haber sido víctimas de estos tipos de abusos. De esa cifra, 778 eran mujeres y de ellas 382 contaron haber sufrido violencia sexual.
Este tipo de fallos han sido calificados como impunidad no solo por Brenda; también por Bernarda Robles, de 30 años, quien denunció que Fernando Moncayo, propietario de La Rana Sabia, abusó sexualmente de ella el 29 octubre de 2012.
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Leer másBernarda, al igual que muchas mujeres en el país, calló por mucho tiempo, hasta que el 25 de julio de 2019 escribió en su cuenta de Twitter: “Hoy me derrumbo, no puedo más y tengo que hacerlo público... Hoy digo lo que he callado por casi 10 años. Fernando Moncayo, fundador de la Rana Sabia, es un acosador y abusador sexual”.
Desde ese día, su búsqueda incansable por justicia empezó a tomar forma y, pese a los tropiezos que ha sufrido el proceso legal, Bernarda y su defensa han recurrido a varias instancias legales con el objetivo de que se haga justicia.
La más reciente fue la acción extraordinaria de protección presentada por su defensa, integrada por las juristas María Dolores Miño, Lissette Pardo y María del Mar Gallegos, ante la Corte Nacional de Justicia, debido a que un juez de la sala especializada de la Corte Provincial de Justicia, en Pichincha, les negó el recurso de hecho presentado por la defensa de Bernarda, que apelaba la sentencia del juez Roberto Carlos Llumiquinga, quien sobreseyó a Fernando Moncayo.
Llumiquinga dictó el sobreseimiento en el caso La Rana Sabia el pasado 20 de agosto porque, a su criterio, habría inconsistencias en la declaración de Bernarda Robles al narrar en su testimonio la fecha en la que fue abusada.
Para Pardo, el proceso legal que lleva Bernarda en contra de Moncayo es “un espejo de lo que pasa todos los días. Bernardas hay en todo el país. Hay procesos que tienen todos los elementos necesarios para probar un abuso, pero no siguen. El sistema judicial les debe mucho a las víctimas”.
EL PROBLEMA NO SON LAS LEYES, SINO SU APLICACIÓN
En el país, el delito de violación sexual, tipificado en el art. 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es sancionado con una pena privativa de la libertad de 22 a 26 años. Para el jurista Kleber Siguencia Suárez, el cuerpo legal es claro y muy contundente, pero el problema principal de los casos en los que no se ha dado una sentencia a favor de la víctima, radica en cómo los jueces interpretan las leyes y las aplican. También, en cómo se llevan a cabo las diligencias investigativas de los procesos.
“Puede existir la materialidad de la infracción y los elementos, pero un error que se cometa en las pruebas o en la substanciación de alguna instancia investigativa podría generar dudas al juez, y esa duda como garantía constitucional le favorece al investigado”, sostiene Siguencia, quien considera que el sistema judicial no está preparado para dar un correcto trato a las víctimas de violencia sexual.