El informe de la comisión, apenas un ‘empujón’ para el juicio político
Necesariamente, un asambleístas deben solicitar el enjuiciamiento. El pedido debe pasar por el CAL, la Corte Constitucional y la mesa de Fiscalización
No se tomarán los diez días. La comisión ocasional creada en la Asamblea Nacional para investigar una trama de corrupción en las empresas públicas espera reunirse el martes 28 de febrero de 2023 para aprobar el informe que enviará al pleno.
Los comisionados tenían previsto un encuentro para pedir a la presidenta Viviana Veloz (Unión por la Esperanza) que establezca la fecha para debatir y calificar el documento que se sustentará en el informe presentado por el exsecretario Anticorrupión, Luis Verdesoto, y la filtración de un documento de Antinarcóticos que revelaría los vínculos de la mafia albanesa con la política.
“Con los que han comparecido y los dos informes hay bastantes elementos para un presunto juicio político al señor presidente (Guillermo Lasso). Eso hay que ver, se necesita no solo la postura de Mireya Pazmiño, sino de los otros legisladores miembros de la comisión”, dijo la vicepresidenta de esta mesa legislativa.
La relación entre el Gobierno y la Asamblea queda atada a temas puntuales
Leer más¿Eso es suficiente para arrancar un proceso contra el mandatario? No y el trámite se presenta más extenso de lo que se lee. Para comenzar, este informe no es vinculante, independientemente de que el pleno lo apruebe o no, para lo cual se necesitan 72 votos.
Para realmente iniciar un enjuiciamiento al primer mandatario, la Ley de la Función Legislativa señala que un asambleísta, de cualquier bancada, deberá recoger las firmas de respaldo de, al menos, una tercera parte de sus colegas (35) y presentar a la presidencia de la Asamblea la fundamentación, los cargos y pruebas documentales que tenga en ese momento.
- Situaciones. Todo apunta a que este proceso político estará cruzado por la presión en las calles de organizaciones como la Conaie, los trabajadores y maestros.
Ahí empieza el tránsito. El titular de la Asamblea pondrá a consideración del Consejo de Administración Legislativa (CAL) la calificación de la solicitud. Y de no encontrar que se cumplen todos los requisitos, los mandará a completar en tres días.
Teniendo en cuenta la conformación opositora del CAL en este momento, todo hace prever que no será un escollo en las pretensiones de censurar y destituir al jefe de Estado. Menos predecible es saber lo que pasaría en la siguiente fase.
Si se califica, la solicitud será remitida a la Corte Constitucional, que deberá emitir un dictamen previo de admisibilidad, para lo cual la normativa vigente no establece plazos fijos.
Si el dictamen es negativo, el caso será archivado, pero si supera esta fase el presidente de la Asamblea remitirá la solicitud a la Comisión de Fiscalización, que actualmente es encabezada por Fernando Villavicencio, pero para mayo inminentemente deberá sufrir modificaciones en su presidencia y quizás en su configuración.
El Frente Parlamentario Anticorrupción toma la delantera y presenta informe
Leer másCuando esta mesa legislativa avoque conocimiento notificará de inmediato, a fin de que el presidente ejerza su derecho a la defensa en forma oral o escrita en cinco días. El mismo procedimiento y plazo se aplicará para los interpelantes. En cinco días más la Comisión de Fiscalización deberá enviar el informe al presidente del Legislativo para que este, a su vez, lo ponga en conocimiento del pleno.
Luego de dos días de difundido el documento, habrá un máximo de cinco para poner el tema en el orden del día, sesión en la cual el mandatario ejercerá su defensa, así como intervendrán los interpelantes y se abrirá el debate. Mas no necesariamente ese día se debe votar.
La ley que rige a la Asamblea da cinco días más para que se vuelva a convocar, se conozca si hay una moción de censura y destitución y se proceda ahora sí a votar: se necesitan 92 votos para lograrlo.
También existen voces que consideran que la Asamblea agotó la posibilidad de destituir a Lasso. El presidente del Parlamento, Virgilio Saquicela, señaló que hay que hacer un análisis jurídico al respecto, pero que existe un pronunciamiento de la Corte Constitucional que posibilitaría activar el artículo 130 de la Constitución.