Jorge Escala pide que se solicite fecha para formular cargos contra Noboa y Gellibert
Candidato de Unidad Popular Jorge Escala acudió a la Fiscalía para hacer la petición por el delito de usurpación de funciones
El candidato a la Presidencia por Unidad Popular Jorge Escala acudió una vez más a la Fiscalía General en Quito. Este 4 de febrero de 2025 presentó un escrito para que esa entidad solicite fecha y hora para una audiencia de formulación de cargos en contra de Daniel Noboa y Cynthia Gellibert.
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Leer másEl pasado 9 de enero, Escala presentó en la Fiscalía una denuncia en contra del presidente de la República y Gellibert, quien fue designada por decreto como vicepresidenta encargada. El postulante los acusó de usurpación y simulación de funciones tras la emisión del Decreto Ejecutivo 500.
Con ese documento, Noboa argumentó fuerza mayor para ausentarse de la Presidencia y encargó el puesto a Gellibert. Esto, según el Ejecutivo, ante la ausencia de Verónica Abad quien no se presentó en la Embajada de Ecuador en Turquía.
Esta mañana, Escala señaló: “La Corte Constitucional ha determinado que los decretos con los que Noboa encarga a Gellibert la Presidencia son inconstitucionales. Por lo tanto se afirma la denuncia de que Gellibert ha usurpado función pública y Noboa ha cometido el mismo delito”.
Escala dijo que esto aporta pruebas suficientes. Por eso solicitó a la Fiscal General que, de manera inmediata, pida audiencia ante el juez para la formulación de cargos. Con esto, esperan que inicie el proceso penal en contra de ambas autoridades.
¿Qué dijo la Corte Constitucional?
La entidad dictaminó que el artículo 146 de la Constitución prevé, tanto las causas por las que un presidente puede ausentarse temporalmente como el mecanismo de reemplazo durante su ausencia. “El ejercicio del cargo, per se, no puede ser sometido a un encargo, delegación, subrogación o entrega por fuera de las disposiciones previstas en la Constitución”.
La Carta Magna contempla que, en reemplazo de un presidente, asume la vicepresidenta automáticamente. Entonces la Corte señaló: “no procede la figura de ‘entregar’ la Presidencia a través de un decreto ejecutivo”.
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