Jorge Feijoó queda definitivamente removido como alcalde de Paltas por violencia política de género
El pleno del Tribunal Contencioso Electoral negó el recurso de apelación y se ratificó en la sentencia de primera instancia que lo removió del cargo. Yennifer López es la nueva alcaldesa.
Definitivamente destituido. Jorge Luis Feijoó Valarezo quedó removido del cargo de alcalde de Paltas sin que pueda acudir a ninguna otra instancia legal dentro de la justicia electoral. El Tribunal Contencioso Electoral emitió su sentencia sobre el recurso de apelación presentado por el ahora exfuncionario en contra del fallo de primera instancia que lo destituyó. La sentencia de última instancia ratificó el fallo del juez de primer nivel, Joaquín Viteri, quedando así definitivamente destituido del cargo.
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Leer másLa denuncia fue presentada por la vicealcaldesa del cantón lojano, Yennifer López, argumentando haber sido víctima de discriminación por parte del primer edil tras iniciar un proceso de fiscalización de su trabajo sobre todo a "la realización de diversos contratos que merecían especial atención". Esto llevó a la remoción de López como vicealcaldesa luego de la aprobación de la Ordenanza de Organización y Funcionamiento del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Paltas.
La defensa de Feijoó alegó que nunca ha cometido ninguna infracción electoral y menos ejercer violencia política de género en contra de la denunciante. Sobre la remoción de López luego de la reforma la ordenanza, explicó, esta no fue redactada de manera personal o dirigida hacia la funcionaria.
Luego de analizar la sentencia de primera instancia, el Tribunal se ratificó en lo resuelto por el juez de primera instancia "en el cual se llegó a la conclusión que se configuró la infracción electoral muy grave por violencia política de género en contra de la señorita Yennifer Nathalia López Córdova". Además reconfirmó las otras sanciones impuestas (suspensión de sus derechos de participación por el lapso de dos años y multa por el valor de $ 10.625 dólares americanos), pese a que el apelante invocó el principio de proporcionalidad de la sanción. "Este Tribunal considera que tanto la multa, la suspensión de los derechos políticos y de participación, así como la destitución del cargo guardan relación con el principio de proporcionalidad ya que en ningún momento se han aplicado las máximas sanciones previstas en la norma invocada".