Juez Wilman Terán
El juez Wilman Terán dirigió la audiencia de formulación de cargos para el juez de la Corte de Pichincha Henry CalizCortesía

Juez de la Corte de Pichincha recibe cargos por posible enriquecimiento ilícito

La audiencia de formulación se cumplió este miércoles en la Corte Nacional. Intervino el fiscal subrogante Wilson Toainga

El juez de la Corte Nacional de Justicia Wilman Terán dio paso a la formulación de cargos efectuada por el fiscal general subrogante Wilson Toainga en contra del juez de la Corte de Pichincha Henry Cáliz por posible enriquecimiento ilícito. La diligencia se cumplió este miércoles 29 de julio a las 09:00 en la Corte. La investigación durará 90 días. 

De ser hallado culpable el juez podría recibir entre siete y 10 años de cárcel, según lo establece el artículo 279 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Para formular cargos el fiscal mencionó casi una veintena de elementos de convicción. En septiembre de 2018 la Fiscalía recibió un Reporte de Operaciones Inusuales (ROI) emitido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Ese organismo investigó los movimientos bancarios de Cáliz registrados entre 2012 y 2018 con la conclusión de que él y al menos dos familiares no habrían justificado una importante suma de dinero. 

En la diligencia el fiscal Toainga mencionó informes de análisis financiero que dan cuenta que el procesado no había podido justificar 565.394,58 dólares, de acuerdo al reporte de entidades del Sistema Financiero. Toainga también adjuntó oficios, memorandos y versiones sin juramento recopiladas durante la investigación previa.

Al juez se le atribuye ser accionista en tres empresas: Compañía Constructora y Ferretera Cáliz Barragán, la Huerta Industria Alimenticia Inalahu y la Compañía de Seguridad Ciudadaseg. Según la Fiscalía las dos primeras están activas y se encuentran registradas en la Superintendencia de Bancos y Compañías. Es por medio de esas firmas que se habrían efectuado movimientos económicos que no habrían sido declarados por el sospechoso

El juez Terán no dictó prisión preventiva como solicitó la Fiscalía. Dispuso la prohibición de salida del país. El juez ordenó que, al ser Cáliz servidor público que registra su actividad diaria ya sea de manera física o por de acuerdo a las obligaciones de la pandemia de coronavirus, las unidades de Talento Humano remitan un informe semanal de las actividades realizadas siempre y cuando esté en condiciones de hacerlo.

Adicionalmente ordenó la retención en todas las cuentas bancarias. Para no agravar la situación jurídica del procesado, pidió que su defensa en 48 horas justifique en que cuentas recibe las remuneraciones de sus actividades como docente y de la función judicial para que esos valores no le graven su situación y sustento. El juez prohibió enajenar por 565.394 dólares. Aclaró que la retención y la prohibición será hasta ese monto.

EXPRESO solicitó un comentario al juez Cáliz sobre su nueva situación jurídica a su número celular y a los correos registrados en el sistema Satje para recibir notificaciones. El juez Caliz remitió a este Diario los argumentos de su defensa. En el documento se señala que la diferencia de ingresos recibidos en la cuenta del funcionario corresponde a un periodo de siete años y es "por concepto de créditos bancarios, avances de efectivo de las tarjetas de crédito, créditos personales, pagos por venta de vehículos, pagos por venta de inmuebles, créditos quirografarios, anticipo de sueldos, créditos hipotecarios".

Dijo que "se encuentran justificados de manera testimonial, contundente y documentada todos y cada uno de los rubros ingresados en su cuenta por 580.965,62 dólares". Es decir, añadió que la petición de formulación de cargos no tiene sustento, pues no existen elementos suficientes sobre la existencia de un delito de ejercicio publico de la acción y menos de enriquecimiento ilícito.

Agregó que en la investigación el juez ha justificado que todos y cada uno de los ingresos a su cuenta por 580.965,62 dólares provienen de orígenes lícitos como préstamos hipotecarios, quirografarios, bancarios, personales, de tarjetas de crédito y transacciones comerciales por vehículos y bienes inmuebles, según se ha señalado en versiones, escrituras, contratos y reportes bancarios.

La defensa del procesado reiteró que la Fiscalía no ha demostrado que su cliente haya obtenido algún beneficio de origen ilícito producto como agente fiscal de Pichincha o como en la actualidad juez provincial de Pichincha y como Docente de la Universidad Central del Ecuador. 

En su momento, cuando se hicieron  públicas las sospechas de la UAFE, el juez señaló que el señalamiento de poseer vehículos costosos era un montaje y habló de persecución política en su contra. Del Consejo de la Judicatura se indicó que el funcionario sí puede seguir actuando porque aún no tiene auto de llamamiento a juicio.

El mes pasado otro judicial recibió cargos por el mismo presunto delito. Se trata del expresidente de la Corte del Guayas, Gabriel Manzur y una abogada. El 26 de junio se dictó la instrucción fiscal que durará 90 días. Manzur fue titular de la Corte del Guayas hasta noviembre de 2019 y volvió a ser juez de la misma Corte. Ambos ya eran investigados por lavado de activos y enriquecimiento privado no justificado. La denuncia fue presentada por el exsecretario Anticorrupción Iván Granda.

LORENA GRILLO MANZUR

Expresidente de la Corte de Guayas recibe prisión por posible enriquecimiento ilícito

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