Se difiere la audiencia preparatoria de juicio contra Sebastián Barreiro.
La defensa de Barreiro alegó que tenía prevista otra diligencia en la misma fecha.Cortesía

El juicio al hijo de Abad por oferta de tráfico de influencias se inicia en enero

Francisco Barreiro se enfrenta a una pena de 3 a cinco años de cárcel por posibles actos de corrupción

Francisco Barreiro Abad, hijo de la vicepresidenta Verónica Abad, será sometido a juicio por el delito de oferta de realizar tráfico de influencias, en una audiencia que está señalada para el 16 y 17 de enero de 2025.

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La fase de juicio se realizará en Quito, ante el tribunal de garantías penales integrado por los jueces Clara Elizabeth Soria Carpio (ponente), Mario Andrés Muñoz Bayas y Jorge Suidberto Sánchez Pico.

La Fiscalía presentará su acusación, en la cual se sostiene sobre la denuncia de Rommel Esteban Pérez Chicaiza, un exfuncionario de la Vicepresidencia de la República, a quien se le habría ofrecido un cargo en esa entidad estatal a cambio de un porcentaje de su remuneración mensual.

El denunciante indicó que con Barreiro habrían acordado la entrega de 1.700 dólares mensuales y habrían firmado una letra de cambio por 30.600 dólares, el monto correspondiente a un año.

El 10 de junio pasado, mientras se investigaba el caso, el fiscal que lleva la causa se inhibió de seguir conociendo el expediente y lo desplazó a la Unidad de Fuero de Corte Nacional de la Fiscalía General del Estado, pues consideró que existían indicios de la presunta participación de la vicepresidenta Verónica Abad.

Sin embargo, la Asamblea Nacional negó la autorización para el enjuiciamiento penal, por lo que el caso no pudo avanzar ni se le pudo formular cargos.

El Código Integral Penal señala una pena de cárcel 

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de oferta para realizar tráfico de influencias  con la cárcel. "La persona que solicite de terceros: dádivas, presentes o cualquier otra remuneración o acepte ofrecimiento o promesa, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años". 

La norma penal establece algunas características para que se de este delito. Entre estas: 

  • Actuar en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado

  • Prevalerse de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica.

  • Ejecer influencia en otra u otro servidor para obtener un acto o resolución favorable a sus intereses o de terceros.

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