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La Comisión de Justicia sesionó ayer, 28 de marzo de 2021, y aprobó el informe no vinculante del veto.cortesía

La ley del aborto vuelve a la matriz

La Comisión de Justicia decidió recomendar al pleno que el veto sea remitido a la Corte Constitucional. Hay dudas sobre si el plazo se interrumpe o no

De vuelta al origen. El veto presidencial a la Ley que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo en caso de Violación empuja el texto de regreso a donde nació: la Corte Constitucional. La Comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional sesionó ayer para conocer el informe no vinculante sobre la objeción parcial del presidente Guillermo Lasso a la mencionada ley.

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Con ocho votos afirmativos, uno en contra y una ausencia (de la legisladora Sofía Espín), la mesa recomienda al pleno remitir el texto del veto presidencial a la Corte, ya que varios de los alegatos del primer mandatario están relacionados a supuestas violaciones a principios y derechos establecidos en la Constitución. Previo a la votación del documento, la asambleísta Johanna Moreira solicitó un cambio a la moción para agregar un párrafo en el que deje claro que la mesa se ratifica en su texto inicial y que el veto presidencial “no cabe” bajo el fundamento de que la Asamblea se alejó de la sentencia de la Corte Constitucional. El cambio fue incluido.

Si el pleno así lo decide, el veto presidencial deberá regresar a su lugar de origen. Fue una sentencia de la Corte Constitucional sobre la inconstitucional del artículo 150 del Código Integral Penal la que ordenó, el 28 de abril de 2021, la redacción de una ley que regule la práctica del aborto en caso de violación para todas las mujeres y no solo para aquellas con discapacidad mental sin ningún tipo de plazos ni requisitos. Mientras la Corte se pronuncia, queda suspendido el plazo de treinta días que tiene el pleno para resolver el veto.

El veto tiene problemas graves ¿Sabe una niña de 12 años qué es una declaración juramentada?

Dina Farinango, asambleísta.

El proyecto aprobado por la Asamblea Nacional estableció 12 semanas de gestación como plazo límite para la práctica del aborto para mujeres mayores de 18 años de edad, y de 18 semanas para mujeres menores de edad, de la ruralidad y de pueblos y nacionalidades. Mientras que el veto presidencial equiparó todos los casos a 12 semanas como límite, según el jefe de Estado, bajo el principio de igualdad.

El presidente, si considera que hay un tema de inconstitucionalidad, solo él puede enviarlo a la Corte.

Ricardo Vanegas, legislador.

Al momento de la votación, algunos legisladores aprovecharon para lanzar sus escaramuzas en contra del veto. La legisladora Dina Farinango concluye que muchas de las 61 observaciones de Lasso responden a “subjetividades”, “criterios personales” y “están desconectadas con la realidad de las mujeres, sobre todo las de la ruralidad”. La legisladora Jhajaira Urresta precisó que ninguna de las actuaciones de la mesa están fuera de foco o irrespetan su función o la Constitución.

Esta comisión ha hecho la mejor ley para que nuestras niñas y mujeres no sean violentadas.


Jhajaira Urresta, asambleísta.

Esto lo dijo en respuesta al razonamiento del voto de su par Ricardo Vanegas (el único que votó en contra del informe vinculante), quien alega que la Asamblea no puede remitir el texto a la Corte Constitucional. Es el presidente el único que, según su análisis de la normativa, tiene esa facultad. “Corremos el gran riesgo que cuando esto llegue a la Corte, por haber equivocado la forma, simplemente sea devuelta y entre en vigencia el proyecto del presidente”, replicó el legislador.