La Ley de Comunicacion, a examen en la ONU
La Embajada de Ecuador en Londres es una de las más espiadas del mundo. Al menos eso cree el canciller Guillaume Long.
El debate por la Ley de Comunicación llegó también al Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que examinó al Ecuador, entre lunes y martes, en Ginebra.
Las preguntas sobre la aplicación de la normativa, vigente desde junio de 2013, llegaron por parte del costarricense Manuel Rodríguez Recia, miembro de este Comité.
Él se basó en el informe elaborado por la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
A Rodríguez le inquieta, por ejemplo, que la ley ecuatoriana estaría estableciendo obligaciones que pueden ser ambiguas, tipos penales abiertos y sanciones desproporcionadas que podrían desencadenar en la autocensura.
También le preocupa la creación de una instancia como la Superintendencia de Comunicación (Supercom) que tiene la misión de vigilar el cumplimiento de la normativa y la cantidad de multas que ha aplicado a periodistas y medios de comunicación desde la vigencia de la ley.
En la ONU se habló de la figura de la réplica y rectificación. Según datos de la Supercom, solo en el último año, se hicieron 147 réplicas y 200 rectificaciones, sin necesidad de que esta entidad intervenga, por mutuo acuerdo del medio y el supuesto afectado.
Rodríguez preguntó a la delegación ecuatoriana, “si un funcionario del Estado hace alguna manifestación que pueda afectar los derechos de las otras personas ¿pueden estas personas particulares ejercer el derecho de réplica y de rectificación? ¿Contra el presidente de la República, por ejemplo? ¿Nos pueden dar algún ejemplo de que haya existido esa posibilidad? ¿Cuál ha sido el resultado? Porque sí tenemos datos inversos”.
La respuesta ecuatoriana estuvo a cargo de la asambleísta de PAIS, Gina Godoy, que aseveró que las sanciones se ejecutan luego de la apertura de un expediente y un proceso que nace a partir de una denuncia.
La legisladora justificó la legalidad de la normativa en el hecho de que, su elaboración, fue aprobada en una consulta popular y que históricamente el Ecuador vivió etapas de desinformación que violentaron el ejercicio de derechos. CRR