SEGUNDO INFORME LEY ENERGÉTICA
La sesión de la mesa de Desarrollo Económico se realizó de manera telemática.ASAMBLEA NACIONAL

Asamblea Nacional: ley energética de Daniel Noboa está lista para segundo debate

El documento fue aprobado por la mesa de Desarrollo Económico. En los próximos días será tratado por el pleno de la Asamblea Nacional

La Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional aprobó este 8 de enero de 2024 el informe para segundo debate de la Ley de Competitividad Energética del Gobierno de Daniel Noboa. El texto deberá ser tratado por el pleno del Legislativo.

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El documento, que fue aprobado de forma unánime por los miembros de la mesa legislativa, contó con más de 20 observaciones, según la presidenta de la comisión, la asambleísta del oficialismo, Valentina Centeno.

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La mayoría de las observaciones, según informó Centeno, se enfocaron en la jerarquía de las empresas para las concesiones, participación de empresas estatales extranjeras, incentivos para el uso de energías limpias, responsabilidades de los gobiernos autónomos, inversión privada para ampliar la cobertura de tendido eléctrico, entre otros temas.

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Entre los principales cambios del informe para segundo debate está que los contratos de inversión en el sector eléctrico que se suscriban con Ecuador incluirán una cláusula de precios de compra de energía, determinada en coordinación con el Ministerio de Energía.

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Además, el articulado reformado contiene que los consumidores regulados y no regulados podrán instalar sistemas de generación distribuida, a partir del uso de energías renovables no convencionales, exclusivamente para su autoabastecimiento, sin la posibilidad de comercializar los posibles excedentes.

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En el informe para segundo debate también se determina que la actividad de transmisión eléctrica será realizada por el Estado a través de la respectiva empresa pública, pudiendo autorizar en primera instancia a empresas mixtas (donde el Estado tiene participación mayoritaria) para nuevos proyectos de transmisión.

Según las observaciones recogidas, también se modificó la conformación del Comité Nacional de Eficiencia Energética, agregando un delegado de la Secretaría Nacional de Planificación. También se le otorga la facultad de elaborar el procedimiento para la conformación y operatividad del Fondo Nacional de Inversión para Eficiencia Energética.

En el informe para segundo debate también se prohíbe todo tipo de delegación al sector privado de infraestructura existente que se hayan financiado con fondos del Presupuesto General del Estado. Asimismo, el Ministerio de Energía declarará de interés nacional a los proyectos de energía eléctrica que se encuentren en etapa de construcción y presenten al menos el 90 % de avance.

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