Luisa González y Daniel Noboa, y su 'abrazo prohibido' a la niñez en campaña
El Código de la Niñez prohíbe el uso de la imagen de niños en actos proselitistas, como lo han hecho varios partidos y movimientos
Candidatos y organizaciones políticas ignoran o ‘miran’ hacia el otro lado de la vereda cuando se trata de acatar lo que dice una norma que protege los derechos de niños y adolescentes.
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Leer másDaniel Noboa y Luisa González, los aspirantes a la Presidencia de la República que llegaron a la segunda vuelta, encabezaron mítines, caravanas motorizadas, otorgaron entrevistas y también aparecieron en redes sociales o escenarios junto a niños para promocionar su rostro, el color, el nombre o la lista de la organización política que los auspicia: Acción Democrática Nacional (ADN) y Revolución Ciudadana (RC).
El Código de la Niñez y Adolescencia establece en el numeral 2 del artículo 52 que “se prohíbe la utilización de niños y niñas o adolescentes en programas o espectáculos de proselitismo político o religioso”.
Tras la decisión del mandatario Guillermo Lasso de activar la figura de la denominada muerte cruzada para adelantar elecciones, se inició el proceso electoral, cuyo tiempo de campaña transcurrió entre el 13 de julio y el 17 de agosto pasados.
A dos días de ese periodo de promoción, el binomio Luisa González y Andrés Arauz protagonizaron un mitin en Pujilí, Cotopaxi.
Entre los actos de la noche estuvo la declamación de un niño de cabello rizado, quien dijo que “como presidenta del Ecuador hará resurgir la patria con más fuerza que nunca”, mientras la cámara realizaba un primer plano del rostro de González, quien se mostró conmovida.
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Leer más“Y le devolverá la dignidad al pueblo ecuatoriano. Se respetarán nuestros derechos, como salud, educación, trabajo, dignidad y nuestro futuro. Y con fe, volveremos a ser el jaguar de Latinoamérica. ¡Qué viva la patria!”, concluyó el menor. El juego de luces del escenario buscaba avivar aún más a los simpatizantes, al tiempo que él y González se abrazaban. Ella colocó su mano izquierda en su rostro como si tratara de contener las lágrimas.
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El 13 y 21 de julio, Daniel Noboa aparece en dos videos que fueron colgados en cuentas de sus redes sociales y de la niña que forma parte de una familia que se ha viralizado en Facebook, Instagram y TikTok.
En el primer video, Noboa y la pequeña de cinco años aparecen en pantalla dividida, como si estuviesen hablando por teléfono celular entre sí. “Hola, guapo. Daniel, ¿cómo estás? (..,). Te estaba llamando para que vengas”, pregunta la niña. Noboa contesta: “Estoy en campaña. Recorriendo el país (..,). Avísame cuando estés en Guayaquil y te invito a tomar un helado”.
Al hijo del empresario Álvaro Noboa, considerado como sorpresa de las elecciones anticipadas, se lo ve usando una camiseta con el nombre de la organización política.
En el segundo video, Noboa y la pequeña aparecen juntos en una heladería. No hay mayores diálogos. Se vuelve a usar el abrazo como elemento de conexión entre el candidato y la figura infantil.
EXPRESO pidió comentarios a las dos organizaciones políticas, pero hasta el cierre de esta publicación no hubo una confirmación. Tampoco se recibió una respuesta del Consejo Nacional Electoral (CNE).
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Leer másSobre este tema, el vicepresidente de esa institución, Enrique Pita, envió una carta a la presidenta Diana Atamaint, el 14 de julio pasado. “Considero que como máximo órgano garante y regulador de las actividades en el desarrollo de los procesos electorales, se inicien las acciones necesarias y se tomen las medidas preventivas con el fin de garantizar de que los actores políticos se inhiban de realizar este tipo de actuaciones contrarias a la ley”, se lee en la parte final de la misiva.
El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia prohíbe la intervención de niños, niñas y adolescentes en actos de proselitismo político.
— Enrique Pita (@CNEVice) July 15, 2023
Corresponde a los actores políticos inhibirse de realizar actividades que riñan en contra de sus derechos establecidos en la Constitución y la… pic.twitter.com/jYpvKgqwFe
La exjueza de Familia, Larissa Ibarra, explica que en este tipo de infracciones administrativas pueden actuar las Juntas de Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de las municipalidades del Ecuador, “mediante procedimientos que pueden iniciarse de oficio o mediante denuncia verbal o escrita conforme al Código de la Niñez y Adolescencia”.
Agrega que, según los artículos 248 y 253 de esa norma, se establecen multas de entre $ 100 y $ 500 por cada amenaza o violación de los derechos.
En la legislación electoral consta también la prohibición relacionada con la utilización de la imagen de niños y adolescentes, en el Reglamento de Promoción Electoral, es decir, en el contenido que aprueba el CNE de los spots antes de que sean producidos, señala Esteban Ron, decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Internacional SEK y especialista en temas electorales.
“Tienes dos tipos de publicidad, la que se da a través del Fondo de Promoción Electoral, el que tiene controlado el CNE. Cada uno de los spots publicitarios y pauta, el CNE los revisa antes de dar la autorización. El CNE los manda a cambiar si encuentra el uso de la imagen de menores. El problema es la utilización de las redes sociales y de otros mecanismos en publicidad donde no hay control”, profundiza Ron.
La exjueza de Familia añade que ese tipo de conducta también puede ser sancionada porque la restricción que consta en el Código de la Niñez “prohíbe el fin, el uso de menores de edad en proselitismo político o religioso, más no el medio”.
¿POR QUÉ LA IMAGEN DE NIÑOS?
‘Buscan captar votos’
“El mensaje que incluye la imagen de un niño connota esperanza, inocencia. futuro”, analiza Alfredo Dávalos, experto en comunicación política, algo que podría ser usado para ‘lavar la cara’ de políticos y partidos con una imagen venida a menos quizás por escándalos de corrupción, por ejemplo.
El objetivo principal es la captación votos, de jóvenes y de otras edades, a través del uso de redes sociales frescas como TikTok.
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