Los nuevos impuestos rigen desde mañana
La reforma tributaria enviada por el Ejecutivo está previsto que se publique hoy en el suplemento del Registro Oficial 111
Una vez que el pleno de la Asamblea Nacional resolvió el error cometido en la Ley de Simplicidad y Progresividad Tributaria, los textos fueron remitidos, el lunes 30 de diciembre en horas de la tarde, al Registro Oficial para su promulgación y puesta en vigencia, como es el requerimiento del Gobierno.
El documento, aprobado por los asambleístas, será publicado en el suplemento del Registro Oficial 111 de este martes 31 de diciembre, según dio a conocer a EXPRESO el director del Diario Oficial, Hugo del pozo. La impresión, en principio, será para los suscriptores y desde el 2 de enero de 2018 estará a disposición de todo el público, puesto que desde esta fecha estará en digital en el portal del Registro Oficial y no tendrá consto alguno.
A través de la Ley, el Gobierno tiene previsto recaudar 612 millones de dólares en 2020 con el fin de achicar el déficit fiscal, es decir, la brecha de dinero que se produce porque los ingresos del Estado no alcanzan a cubrir todos sus gastos.
LO QUE DICE LA LEY
La Asamblea asegura haber aceptado el veto del Ejecutivo
Leer másEl artículo 31 amplía el alcance de la exención de Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a la producción de alcohol, proveniente de productos agrícolas cultivados localmente. Incluye la condición de que sea adquirido a los artesanos y organizaciones de economía popular; el artículo 35 numeral 4, modifica la tabla del ICE en relación a lo propuesto en la objeción 2 y aclara que este beneficio no será aplicable para marcas existentes.
A través del artículo 47 se elimina la figura de reinversión para el sector de telecomunicaciones. Se promoverá la reducción de la brecha digital y la conectividad especialmente en las zonas rurales, marginales y fronterizas. El artículo 48 suprime la inversión obligatoria mínima. El objetivo es que en los nuevos procesos de negociación se fijen las obligaciones de las operadoras.
En el artículo 54, se incorpora en el mecanismo de pago con bonos que fue aprobado, a sentencias judiciales y laudos arbitrales.
Mientras que en el artículo 61, la normativa amplia el límite actual de envíos al año para los migrantes ecuatoriano residentes en el exterior, a un máximo de veinte y cuatro.
Además, baja el límite de pago con bonos para los Gobiernos Autónomos Descentralizados como a los proveedores, reduciendo del 5% al 3%.
En cuanto, a la remisión de intereses, multas y recargos para deudas se establece para BanEcuador hasta 100.000 dólares y para la Corporación Financiera Nacional (CFN) 400.000 dólares, se dará un plazo de hasta cinco años para las que tienen que ver con capital de operaciones.
La norma grava a las fundas plásticas con el impuesto a los consumos especiales (ICE) y fija un mecanismo progresivo para su aplicación, que empezará con 0,4 centavos de dólar por funda en el 2020 hasta llegar a los 0,10 centavos de dólar en el 2023.
Estas y otras reformas estarán vigentes desde el 1 de enero del 2020, para de esta menar cumplir con el acuerdo que el Gobierno hizo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).