Mediación: ¿En qué casos y qué se hace?
En juicio de alimentos, deudas, incumplimiento de contrato, daño moral... es una opción de mediación. Se presenta una solicitud
La mediación es un procedimiento de solución de conflictos mediante el cual las partes asistidas por un tercero llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible que ponga fin a un conflicto.
Posesión efectiva: ¿Qué es y en dónde realizarlo?
Leer másDicho proceso se puede iniciar por tres vías. Primero, la solicitud directa: es aquella presentada por los usuarios de forma individual, colectiva o en representación de un tercero. Deben presentar los documentos habilitantes ante cualquier oficina de mediación de la Función Judicial.
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En segundo lugar se encuentra la derivación judicial: es el proceso a través del cual el juez de oficio o a petición de una de las partes, remite al Centro de Mediación la causa, siempre que esté relacionada con materias transigibles. En tercer lugar se ubica la remisión fiscal: es el paso donde un fiscal dispone el inicio de la conciliación en materia de tránsito, el que deberá ser ejecutado por un mediador que asume el rol de facilitador, a efectos de articular el proceso de conciliación.
¿A quién está dirigido?
Toda persona natural o jurídica que tenga la necesidad de solucionar conflictos susceptibles de mediación, puede acercarse a las oficinas del Consejo de la Judicatura a nivel nacional.
Visado: no todos los países lo requieren
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¿Y en qué litigios esta persona puede proceder a una audiencia de mediación?
En materia familiar se lo hace en pensiones alimenticias: fijación, aumento o rebaja. Alimentos congruos. Régimen de visitas. Alimentos para mujer embarazad. Tenencia (Solo por derivación judicial y con informes técnicos).
Fórmula de pago de liquidación de alimentos. En materia civil con las demarcación de linderos. Partición voluntaria de bienes sucesorios. Cobro de deudas. En incumplimiento de contrato. Indemnización por daños y perjuicios. Por ejemplo, en las pensiones de alimentos se logran acuerdos de pago con actas de mediación.
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“La pareja decide acudir a un centro de mediación, donde queda registrado en un acta de mediación por alimentos el pago de la pensión, la cantidad de veces y el tiempo de las visitas. Esto se vincula al código del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) para realizar el pago”, explica la abogada Soledad Zambrano.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
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Leer másCopia de cédula de ciudadanía, identidad, pasaporte o DNI. El papel original o copia certificada de los nombramientos actualizados del representante legal, inscritos en el Registro Mercantil, en caso de ser personas jurídicas.
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Un poder especial para transigir, de conformidad con el Art. 2350 del Código Civil. Adicional a los requisitos obligatorios, dependiendo de la materia o el tipo de conflicto, el o la solicitante deberá presentar los requisitos especiales. “En mi caso acudí a un acuerdo para evitar llegar a instancias judiciales.”, cuenta Paola Luzardo, quien se separó del papá de su hijo hace cinco meses
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