Exceso de velocidad
Las multas por exceso de velocidad no cesan en el país.Expreso

¿Cuál es la multa por exceso de velocidad en Ecuador 2024?

Las cifras serían desproporcionales, según consideran representantes de la Asamblea Nacional, que apunta a una reforma.

En Ecuador, el respeto a las normas de tránsito es una prioridad nacional, con el objetivo de garantizar la seguridad vial de todos los ciudadanos. Las multas por exceso de velocidad frecuentemente se  ubican entre las sanciones más comunes y severas , diseñadas para disuadir a los conductores de comportamientos que ponen en riesgo su vida y la de los demás. Y en este 2024 no ha sido la excepción.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece las bases legales para las sanciones por infracciones de tránsito en Ecuador. Según su artículo 386, inciso 1, literal 3,  el conductor que exceda los límites de velocidad, fuera del rango moderado, que en el caso del perímetro urbano corresponde a 60 kilómetros por hora, será sancionado con:

  • Pena privativa de libertad de tres días
  • Multa de un salario básico unificado ($460)
  • Reducción de diez puntos en su licencia de conducir
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Por el contrario, en el artículo 389 del COIP se establece que el conductor que exceda los límites de velocidad, dentro de un rango moderado, será sancionados con multa equivalente al 30% de un salario básico unificado, es decir que deberá pagar 138 dólares estadounidenses.

Reformas en la Asamblea

Tal como reportó EXPRESO, el 1 de agosto de 2024 la bancada del movimiento Construye propuso una reforma a las multas por exceso de velocidad ante una posible desproporcionalidad en estas sanciones. La idea es que las penas sean graduales y proporcionales a la falta, pues actualmente, una persona que infrinja el rango moderado, es decir, que circule a más de 60 km/h en el área urbana, ya puede ser apresada. 

La propuesta incluye cinco puntos:

  1. Multa de una remuneración básica unificada (este año USD 460)
  2. Si reincide, una multa de 1,5 salarios (USD 690)
  3. Dos salarios básicos (USD 920)
  4. Privación de libertad
  5. Habría un enceramiento de infracciones y se reiniciaría el ciclo, en dos años.

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