Noboa modifica propuesta de nuevo impuesto y lo aplica a vehículos usados
El Ejecutivo dio de baja al proyecto anterior que entregó el 7 de noviembre y avisó de la entrega de una nueva normativa
El presidente Daniel Noboa comunicó por escrito a la Asamblea Nacional que retiraba del Consejo de Administración Legislativa la primera propuesta denominada "Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a Través del Combate al Lavado de Activos". Pocos minutos después, alertó sobre otro documento en el que se evidenciaron cambios.
Esta es la primera propuesta de Noboa que envió al CAL
Leer másEn un inicio, se identificó que se trataba de un impuesto para vehículos de transporte terrestre tanto para las personas que los poseen como los que pensaban comprar. Pero ahora, el artículo 7 de la nueva versión de la propuesta legal establece:
- "El hecho generador de este impuesto consiste en la transferencia de propiedad del vehículo motorizado usado, a título de compraventa. Las partes deberán practicar el reconocimiento de firmas del contrato de compraventa ante un notario o juez para que el título translaticio de dominio surta efectos".
El impuesto será pagado dentro de los treinta días posteriores a la diligencia de reconocimiento de firmas. El pago de este impuesto será requisito previo para la obtención de la matrícula vehicular por parte de la entidad competente de tránsito.
La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) tendrá jurisdicción coactiva exclusivamente para este fin. Y podrá, determinar las tarifas a cobrarse por concepto de multas por no cumplimento de las obligaciones de los sujetos obligados
A la ciudadanía: pic.twitter.com/wWfPRFbUqY
— Presidencia Ecuador 🇪🇨 (@Presidencia_Ec) November 8, 2024
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Leer másPoco después, el jefe de Estado anunció a través de la Secretaría de Comunicación que "el propósito de la ley no es afectar la economía de las familias ecuatorianas, sino regular el comercio en los patios de ventas de autos usados", se lee en el comunicado publicado en la cuenta de X de la Presidencia.
Agregó: "El Consejo de Administración Legislativa no tendrá pretextos; el impuesto corresponderá a vehículos usados con una tarifa progresiva".
En el borrador de la ley, que aún debe ser analizado por la legislatura nacional, se dispone que la base imponible de este impuesto está constituida por el precio de venta del vehículo usado. "Este valor no podrá ser inferior al avalúo del bien que se encuentra registrado en la base de datos del Servicio de Rentas Internas".