Ecuador sin estado de excepción, ¿cómo Noboa luchará ahora contra el crimen?
No pasó el último estado de excepción. Tres de los cinco meses del régimen de Daniel Noboa han sido bajo esta modalidad
El 10 de mayo de 2024, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 250 suscrito por el presidente Daniel Noboa, mediante el cual declaraba el estado de excepción en cinco provincias: El Oro, Guayas, Los Ríos, Manabí y Santa Elena.
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Corte Constitucional declara inconstitucional el decreto de estado de excepción
Leer másMás allá de las falencias jurídicas anotadas por los magistrados constitucionales (ver gráfico), para analistas consultados por este Diario la decisión de la Corte Constitucional ubica al Gobierno Nacional en una situación de tener que mostrar resultados en materia de seguridad con normas ordinarias.
Sin la suspensión a la inviolabilidad de domicilio, entre otras facultades de los estados de excepción, el régimen de Daniel Noboa necesitará hallar las soluciones jurídicas o planes alternativos que lo ayuden a mantener el ritmo en la lucha contra la inseguridad, anota el analista César Febres-Cordero.
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“Un Gobierno sin un plan convincente y sin soluciones a la mano no será uno que haga una gestión satisfactoria”, comenta y acota que se “pone en evidencia que la gestión en materia seguridad tiene limitantes jurídicas que no son fáciles de resolver” y que podrían salirse de las manos del presidente.
De hecho, el constitucionalista José Chalco recuerda que los estados de excepción no son para la lucha contra la delincuencia común y que el régimen deberá aprender a utilizar los mecanismos ordinarios que ya le otorga la Constitución, además de las herramientas concedidas en la consulta popular.
Con la excepción de las preguntas relacionadas con el arbitraje internacional y al trabajo por horas, el 21 de abril de 2024 los ecuatorianos aprobaron nueve preguntas relacionadas con seguridad. Entre ellas, la complementariedad de las Fuerzas Armadas con la Policía Nacional, bajo ciertas consideraciones.
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El Plan Fénix sí existe: es un libraco gordo de 600 páginas
Leer másEsto, según continúa Chalco, no pone cuesta arriba al Gobierno, pero sí en un momento en el que deberá ejecutar su plan Fénix bajo un régimen ordinario. Aunque no descarta la necesidad de otro estado de excepción, anota la importancia de que se considere el llamado de atención de la Corte Constitucional.
Sin embargo, Febres-Cordero recuerda que la ministra Mónica Palencia reconoció en su momento la necesidad de otras salidas. Más allá de las herramientas otorgadas en la consulta popular, señala que si el régimen persiste en poderes extraordinarios, “se enfrentan a un problema jurídico complejo”.
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Mientras esto se dilucida, el general (sp) Luis Altamirano sostiene que la ausencia del estado de excepción empezará a tener sus repercusiones en un incremento de la criminalidad, que ya venía aumentando en las últimas semanas, por la salida de las calles de los militares y la restricción de operaciones.
Aunque considera que la Corte Constitucional fue contradictoria con su último dictamen, pues en uno anterior validó el reconocimiento del conflicto armado interno, señala que eso no menoscaba la necesidad de que exista una estrategia integral y amplia que, bajo un régimen ordinario, funcione.
De acuerdo a Altamirano, la aplicación de la complementariedad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional aprobada en la consulta popular no será suficiente, ya que para las operaciones que se están realizando sí será necesario la restricción de derechos, como la inviolabilidad de domicilio.
En ese contexto, sostiene que la Corte Constitucional debe comprender el momento complejo que vive el país y la necesidad de la excepcionalidad.
¿La Corte Constitucional cerró la puerta a Daniel Noboa?
En su dictamen, la Corte Constitucional (CC) llamó la atención al presidente Daniel Noboa por algunas fallas de orden jurídico que tenía el Decreto Ejecutivo 250, que declaraba el estado de excepción en El Oro, Guayas, Los Ríos, Manabí y Santa Elena.
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Para el constitucionalista José Chalco, esto no implica que los magistrados no hayan dado paso al estado de excepción por un tema de fondo, sino de forma. “Debe esforzarse más el equipo jurídico de la Presidencia. Hay errores técnicos permanentes”, sostiene.
Es decir, según acota Chalco, habría la posibilidad de que se acepte otro estado de excepción, siempre y cuando el Ejecutivo justifique los hechos y el objetivo de la medida. Asimismo, tener cuidado con esgrimir los argumentos de declaratorias de emergencia anteriores.
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