
Nueva ley laboral se choca con la situación económica del Ecuador
Experta asegura que se debe crear mecanismos para que este proyecto sea efectivo. Noboa tiene 30 días para aprobar o vetar
En Ecuador, la discriminación por edad ha sido una barrera tanto para los jóvenes que buscan su primer empleo como para los adultos mayores de 40 años que enfrentan dificultades para mantenerse activos en el mercado laboral. Con el fin de abordar esta problemática, la Asamblea Nacional aprobó, con 92 votos a favor, el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes Respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, una iniciativa que tiene como propósito garantizar la igualdad de oportunidades y trato para todos los trabajadores, sin importar su edad.
Obligaciones para Empleadores: ¿Cómo se implementará la Ley?
Johanna Ortiz, asambleísta de Revolución Ciudadana (RC) y ponente del informe, subrayó que uno de los mayores obstáculos para los jóvenes es la exigencia de experiencia laboral, un requisito que muchos no pueden cumplir al inicio de su carrera. Esto, según Ortiz, limita sus oportunidades de empleo, obstaculizando su acceso a la economía y afectando directamente su derecho a un sustento digno y su desarrollo profesional.
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Por otro lado, la ley establece un mecanismo de protección especial para los trabajadores mayores de 40 años. Una de las medidas clave de la reforma es la implementación de cuotas progresivas de contratación, que garantizarán la inclusión de personas de este grupo etario en las empresas. Además, se elimina la discriminación por edad en los procesos de contratación, se da prioridad a la mano de obra local y se prohíben requisitos discriminatorios en los anuncios de empleo. La ley también reconoce que, aunque el 20% de la población laboral tiene entre 40 y 59 años, aún existen barreras que dificultan su incorporación al trabajo, a pesar de contar con una vasta experiencia y conocimientos.
La reforma también establece que los empleadores deben capacitar a su personal para promover un ambiente de trabajo inclusivo, libre de violencia y discriminación hacia los empleados mayores. En empresas con 25 o más trabajadores, se requerirá la contratación de al menos un trabajador mayor de 40 años, manteniendo el principio de paridad de género. Esta contratación será progresiva: en el segundo año de implementación de la ley, deberá ser el 1% del total de empleados, y en el quinto año alcanzará al menos el 4%, porcentaje que se mantendrá de manera fija en los años siguientes.
Además, la ley prohíbe la imposición de restricciones etarias en las ofertas laborales, salvo en casos justificados por la naturaleza del trabajo. También se prohíbe exigir pólizas de seguros de salud, vida o enfermedades graves como requisito para la contratación y se establecen sanciones para aquellos empleadores que no cumplan con las disposiciones de la ley, especialmente en lo relacionado con el despido de trabajadores por motivos de edad.
La abogada Vanessa Velásquez, experta Laboral, señala que, si bien esta ley es un paso importante, debe ir acompañada de programas específicos para integrar a los jóvenes al mercado laboral.
Según Velásquez, la Cartera de Estado tiene la responsabilidad de crear mecanismos para vincular a los jóvenes, sobre todo aquellos sin experiencia, con oportunidades laborales. Por otro lado, enfatiza que los adultos mayores de 40 años, a pesar de su experiencia y capacidad demostrada, a menudo son víctimas de desvinculaciones laborales, especialmente en empresas que buscan evitar la jubilación patronal, un derecho laboral que se ha convertido en una de las causas de despidos injustificados.
Próximos Pasos: ¿El Ejecutivo aprobará la Ley?
El proyecto de ley ahora se encuentra en manos del presidente Daniel Noboa, quien tiene la facultad de aprobarla o vetarla, ya sea de forma parcial o total. Este escenario genera incertidumbre, ya que en diciembre de 2024 el presidente ya había vetado por completo dos iniciativas que, a criterio de la oposición en el Parlamento, buscaban beneficiar al empleo juvenil, las cuales habían sido aprobadas previamente por la Asamblea Nacional. Estas iniciativas incluían la reforma al Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, las modificaciones a la Ley de la Función Legislativa y las reformas laborales orientadas a crear más empleo para los jóvenes.
Uno de los proyectos rechazados proponía reformas al Código del Trabajo, la Ley del Servicio Público y la Ley de Empresas Públicas, con el objetivo de garantizar que al menos el 10% de la nómina en el sector público y privado estuviera compuesto por jóvenes de entre 18 y 29 años. Además, la normativa excluía a estos contratos del período de prueba. Sin embargo, esta reforma generaba preocupaciones en las empresas, ya que implicaba costos adicionales y no garantizaría un incremento real en la contratación de jóvenes.
Por otro lado, el proyecto de Ley del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales establecía que las certificaciones obtenidas por competencias laborales serían homologables en el ámbito de la educación formal en todos sus niveles, aunque no se consideraría un título profesional dentro del sistema educativo. Este marco hubiera permitido a los jóvenes que no tienen títulos académicos formales, pero sí competencias adquiridas en el ámbito laboral, obtener una validación de su conocimiento.