El 7 de abril de 2020 se produjo la rotura de tres conductos de dos oleoductos que van desde la Amazonía hasta la costa ecuatoriana, como consecuencia de un corrimiento de tierra en una región altamente sísmica entre las provincias de Orellana y Sucumbíos
El 7 de abril de 2020 se produjo la rotura de tres conductos de dos oleoductos que van desde la Amazonía hasta la costa ecuatoriana, como consecuencia de un corrimiento de tierra en una región altamente sísmica entre las provincias de Orellana y Sucumbíos.EFE

Varias ONG vigilarán revisión del caso de vertido en la Amazonía de Ecuador

Las comunidades y organizaciones acotaron que permanecerán "vigilantes y activas en este proceso de revisión" y demandaron a la máxima instancia judicial

Una alianza de ONG de derechos humanos y ecologistas anunció este jueves que vigilará la reciente decisión de la Corte Constitucional de Ecuador de revisar el caso de un vertido ocurrido en 2020 en la Amazonía, que dejó 27.000 afectados.

La región amazónica de Ecuador, que ocupa sus seis provincias orientales, y del noreste de Perú conforman un biocorredor megadiverso, donde viven unos 600.000 habitantes y existen, al menos, 30 pueblos y nacionalidades indígenas.

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En un comunicado, la coalición de organizaciones se hace eco de la resolución dada a conocer el lunes por la Corte Constitucional de Ecuador (CEE) de revisar la sentencia dictada sobre una acción de protección solicitada el año pasado por afectados del vertido.

"La CEE ha decidido revisar esas sentencias por gravedad, novedad y relevancia nacional", reza el escrito que recuerda que el 7 de abril de 2020 se produjo un derrame de 15.800 barriles de crudo que alcanzó 105 comunidades kichwa, hogar de al menos 27.000 personas.

Las ONG señalan que a día de hoy esas comunidades indígenas -en las riberas de los ríos Coca y Napo- siguen viendo vulnerados sus derechos constitucionales que los jueces provinciales en primera instancia "se negaron a observar", entre los que destacan la vida digna, agua, salud, adecuada alimentación y soberanía alimentaria.

"La lucha de las comunidades afectadas pasa ahora a la más alta instancia de Justicia constitucional. La sala de selección de la CEE consideró que el caso es grave, novedoso y tiene relevancia nacional", observaron.

Las comunidades y organizaciones acotaron que permanecerán "vigilantes y activas en este proceso de revisión" y demandaron a la máxima instancia judicial que, "en ánimo de la mayor transparencia y justicia, se traslade a (la provincia amazónica de) Orellana y en audiencia pública escuche a las personas y familias afectadas".

El 7 de abril de 2020 se produjo la rotura de tres conductos de dos oleoductos que van desde la Amazonía hasta la costa ecuatoriana, como consecuencia de un corrimiento de tierra en una región altamente sísmica entre las provincias de Orellana y Sucumbíos.

Los dirigentes y activistas de organizaciones ecologistas lo consideraron el mayor vertido de los últimos 15 años y solicitaron una acción de protección con medidas cautelares contra las petroleras responsables del crudo.

Sin embargo, en septiembre un tribunal provincial desestimó la acción al no considerarse competente, y desde entonces los afectados han recurrido sin éxito en varias instancias.

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Las empresas demandadas fueron las operadoras del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE) y del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), además de los Ministerios de Energía y Recursos Naturales no Renovables, Ambiente y Salud Pública y a la Procuraduría del Estado.

Responsables de los oleoductos aseguraron que cerraron las tuberías tan pronto como supieron de su rotura, y que el combustible derramado es la cantidad remanente desde las válvulas. También documentaron la entrega de agua y kits alimentarios a las poblaciones afectadas.

Adujeron además que el deslizamiento fue una situación de 'causa mayor', aunque los afectados alegan que se trató de un hecho previsible y que el código ambiental obliga a la adopción de medidas tecnológicas por parte de la industria petrolera para minimizar riesgos y daños.