Peru regula sus tributos para mejorar su liquidez
Facultad. Esta medida es parte de un paquete de reformas lanzado por el Gobierno tras recibir poderes especiales del Congreso.
El Gobierno de Perú publicó este fin de semana dos decretos que exoneran del Impuesto a la Renta a determinados valores y lo eleva para las grandes empresas del 28 al 29,5 %, como parte de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso.
El decreto que modifica el artículo segundo de la ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores establece otorgar un tratamiento preferencial a los rendimientos de instrumentos financieros negociados, que son regulados por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).
A partir del 1 de enero de 2017, están exoneradas del Impuesto a la Renta hasta el 2019 las rentas provenientes de la enajenación de las acciones comunes y de inversión, los American Depositary Receipts (ADR) y Global Depositary Receipts (GDR), facturas negociables.
Asimismo, valores representativos de deuda, certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores o certificados de participación en Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (Firbi) y en Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (Fibra).
En otro decreto legislativo, el Gobierno eleva el Impuesto a la Renta (IR) del 28 al 29,5 % para las grandes empresas, y disminuye la tasa a los dividendos al 5 % (del 6,8 % en el 2015).
La norma entrará en vigencia el 1 de enero con la meta de ampliar la base tributaria e incentivar la formalización en el país. Las personas jurídicas que acuerden la distribución de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades, retendrán el 5 % de las mismas, excepto cuando la distribución se efectúe a favor de personas jurídicas domiciliadas.
La obligación de retener también se aplica a las sociedades administradoras de los fondos de inversión, a los fiduciarios de fideicomisos bancarios y a las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos EFE