Delegación Provincial Electoral del Guayas
En la Delegación Provincial Electoral del Guayas se desarrolla el procesamiento de actas tras las votaciones.Carlos Klínger

Candidatos con menos votos: ¿Cuánto y cuándo deben devolver el dinero de la campaña?

El Código de la Democracia establece procedimientos para aquellos candidatos que no alcanzaron un mínimo de votos

Al registrarse ya un 92 % de actas válidas procesadas, ha quedado definido que habrá una segunda vuelta electoral en Ecuador. Y se confirmó a los dos candidatos favoritos para entrar al balotaje: el presidente candidato Daniel Noboa, de Acción Democrática Nacional (ADN) y Luisa González, del movimiento Revolución Ciudadana.

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Noboa, hasta la mañana de este lunes 10 de febrero, registraba un 44,31 % del total de votaciones, seguido con una mínima diferencia por González, quien alcanza un 43,83 %. Lejos, en tercer lugar, se encuentra el candidato Leonidas Iza, de Pachakutik, con un 5,26 %.

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Según el cronograma del Consejo Nacional Electoral (CNE), la segunda vuelta se celebrará el domingo 13 de abril.

¿Qué pasa con los candidatos con menos del 4% de votos?

En estas elecciones presidenciales participaron 16 binomios. Con el 92 % de actas válidas procesadas, 13 candidatos no superan el 4 % de los votos. De ellos, solo Andrea González, de Sociedad Patriótica, alcanza el 2,71 %, mientras que los demás no llegan ni al 1 % cada uno.

Según el Código de la Democracia, los candidatos u organizaciones políticas deberán devolver el 50 % de las asignaciones recibidas por parte del Estado luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos un 4 % de votos válidos.

Artículo 223.1 - Código de la DemocraciaLas organizaciones políticas o candidato que haya recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral, deberán reintegrar el cincuenta por ciento (50%) de los valores y montos entregados por el Estado luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos un cuatro por ciento de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista, según corresponda.

El artículo 223.1 de cuerpo normativo estipula que el reembolso deberá realizarse en un plazo de 90 días, contados desde la fecha en que la resolución del Consejo Nacional Electoral quede en firme. Si no se cumple con este plazo, el organismo ejercerá su facultad de cobro coactivo.

Para los comicios generales de este 2025, el Fondo de Promoción Electoral asignó para la campaña presidencial un monto de 5'179.535,42 dólares. Es decir, a cada binomio le tocó 323.720,96 dólares.

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En el caso de las elecciones presidenciales del 2023, Yaku Pérez, Bolívar Armijos y Xavier Hervas ocuparon los últimos lugares. Ellos no participaron en estos comicios.

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