Bajo estrictas medidas de seguridad se cumplió con el traslado masivo de privados de libertad.
Hay nuevas disposiciones para los indultos presidenciales en Ecuador.CORTESÍA

Daniel Noboa establece nuevas directrices para indultos presidenciales

El primer mandatario emitió el Decreto Ejecutivo 511, en el que deroga normativas anteriores sobre el perdón de penas

Este miércoles 22 de enero, el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo 511, en el que deroga normativas aprobadas durante la administración de Guillermo Lasso respecto a las directrices sobre el indulto presidencial a personas privadas de su libertad.

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Este nueva disposición, deja sin efecto los Decretos Ejecutivos No. 264, 265, 355, 816 y 949, que datan desde noviembre de 2021 hasta noviembre de 2023. Según el texto, dichos normativas habían cumplido ya con su objetivo de beneficiar a presos que reunieron los requisitos establecidos en su momento.

Los decretos abolidos por Noboa otorgaban indultos a personas privadas de libertad que sufren enfermedades graves o catastróficas, así como aquellas que guardaban prisión por el cometimiento de delitos menores e infracciones de tránsito.

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En el artículo 2 del nuevo decreto se ratifica que los efectos jurídicos de la derogatoria "no afectan a las personas privadas de libertad con sentencia condenatoria ejecutoriada que cumplieron los respectivos requisitos de los decretos ejecutivos hasta la fecha de su expedición".

El presidente tratará en forma individual cada indulto

Para futuros indultos, el primer mandatario tratará en forma individual cada caso, en base a lo establecido en la Constitución y las disposiciones estipuladas en la norma vigente.

Asimismo, en la nueva normativa se determina que los servidores públicos que facilitaron la excarcelación de reos que no cumplían la temporalidad y requisitos de los decretos derogados, "serán responsables administrativa y penalmente".

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