Ecuador: ¿Los funcionarios pueden bloquear en redes sociales?
En Estados Unidos no pueden hacerlo, ¿se puede aplicar aquello en el caso ecuatoriano para garantizar derechos?
Las redes sociales rebasan su función de entretenimiento para convertirse en plataformas donde instituciones y políticos emiten pronunciamientos oficiales que, en muchas ocasiones, son exclusivos de estos medios. A diferencia de épocas previas a la digitalización, ahora cualquier usuario puede interactuar directamente con los políticos o funcionarios, expresando apoyo o descontento sin intermediarios.
Además, en el periodismo, los contenidos publicados por representantes estatales en redes sociales se han vuelto fuentes de información, especialmente para cubrir declaraciones sobre temas de actualidad. Aunque estas plataformas son herramientas efectivas para la difusión de campañas políticas y comunicados oficiales, también pueden ser un terreno incómodo para los funcionarios públicos, quienes enfrentan el juicio de las audiencias sobre sus acciones.
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El derecho de los ciudadanos a expresarse, así como el de los periodistas cuya labor fundamental es cuestionar al poder, está protegido en múltiples instrumentos y sentencias. Los tratados como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ambos suscritos por Ecuador el 6 de marzo de 1969 y el 28 de diciembre de 1977, respectivamente; junto con jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Europea de Derechos Humanos, establecen que los funcionarios públicos deben tolerar un nivel más alto de crítica debido a su papel en la esfera pública.
Hay casos emblemáticos donde los altos tribunales destacan que el debate sobre asuntos públicos debe ser libre y robusto, permitiendo críticas intensas a los funcionarios, siempre que no se incite al odio o se difame. En pocas palabras, el umbral de tolerancia de un funcionario público debe ser alto, pues la crítica de los ciudadanos está especialmente protegida.
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Leer másCon esos antecedentes, la Corte Suprema de los Estados Unidos, el 12 de marzo de este año, emitió una sentencia para garantizar el respeto a la libertad de expresión en la esfera digital. El tribunal determinó que “los funcionarios pueden ser considerados actores estatales cuando hacen uso de las redes sociales y, por lo tanto, pueden enfrentar un litigio si bloquean o silencian a un miembro del público”, según reportó NBC.
La Corte Suprema estadounidense analizó cuándo un funcionario público viola la libertad de expresión al bloquear en redes sociales a sus críticos. La respuesta fue que el funcionario vulnera ese derecho siempre que utilice ese canal para comunicar asuntos oficiales.
¿Pero esto es aplicable en el caso ecuatoriano? Para César Ricaurte, director ejecutivo de Fundamedios, la organización regional que protege la libertad de expresión y de prensa, el precedente que marca la sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos “tiene una validez universal” porque algunas redes sociales como X (antes Twitter) son la vía para hacer anuncios oficiales “desde presidentes y ministros”.
Ricaurte reconoce que en varias ocasiones las cuentas de los funcionarios tienen contenido mixto: “a veces se mezclan cosas de pronunciamientos personales de los funcionarios... pero aún aquellos pronunciamientos personales son pronunciamientos de funcionarios”, resalta.
La asambleísta integrante de la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social, Gissela Garzón, también menciona que “desde el enfoque periodístico las redes sociales oficiales de los funcionarios se vuelven fuente de información” y para todos los ciudadanos “se vuelven el espacio y el mecanismo de denuncia”. Para Garzón, los funcionarios públicos deberían tener canales directos para responder las inquietudes de los mandantes: “ni bloquear periodistas ni bloquear a los ciudadanos en general debería ser una alternativa”.
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Leer másAunque en las redes sociales hay ciudadanos que pueden tener interés en los temas públicos, periodistas, actores de opinión y políticos; también hay millones de cuentas falsas que sirven para atacar. Es por esto que Garzón señala que se debe “ampliar el debate, porque las redes sociales se han vuelto también el espacio de difusión de falsos, de atentados a la honra, de montajes de fotografías”. La asambleísta reconoce que un “funcionario está sometido a un escrutinio público en el marco del respeto mínimo”, por lo que se debería tener “mínimos parámetros de comportamiento” en la esfera digital.
Ricaurte señala que las campañas de acoso son ejecutadas por granjas de troles: “puedes tener tanto bots (cuentas automatizadas) como humanos que están coordinados, ilegítimamente, para acosar o atacar a una a una persona”. Para la legisladora es necesario conocer quién financia esos ataques. Mientras Ricaurte indica que “deberíamos exigir que las mismas redes sociales actúen para bloquear” a esas cuentas falsas.
Ricaurte reitera que los funcionarios “no pueden señalar que todo es ataque o todo es insulto” porque “hay críticas legítimas que pueden ser expresadas descomedidamente”. Bloquear a un ciudadano impide el acceso a la información, según el experto.
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Para garantizar los derechos a libertad de expresión y al acceso a la información, Garzón llama a un debate y reconoce que es un tema complejo. La asambleísta propone que se pueda filtrar el uso de las redes sociales de forma oficial, por ejemplo, con insignias de colores.
Ricaurte señala que la Defensoría del Pueblo podría hacer llamados de atención a los funcionarios que bloquean a los ciudadanos e incluso si algún caso se analiza en instancias legales se podría tomar como modelo la sentencia estadounidense sobre este tema.
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