Enmienda para extraditar ecuatorianos evitaría la impunidad de delitos
Expertos indican que esta pregunta de referéndum es aplicable y beneficiaría al Estado.
El Gobierno consultará a la ciudadanía sobre permitir la extradición de ecuatorianos para enmendar la Constitución de la República. Es la pregunta 1 del referéndum que planteó el presidente Daniel Noboa y que ya pasó la revisión de la Corte Constitucional. El sufragio para la consulta popular y referéndum será el 21 de abril de este año.
La extradición es uno de los temas propuestos que atienden a las principales preocupaciones del país mediante el máximo mecanismo de democracia, la voluntad popular en las urnas, según el Ejecutivo. Al plantear la pregunta, justificó que la extradición es un mecanismo por el cual se impide que una persona evada la acción de la justicia por el hecho de abandonar el territorio del Estado donde los hechos delictivos ocurrieron o tienen sus efectos, haciendo efectivo el principio de responsabilidad de quien incurre en ilícitos y el de reparación integral de las víctimas.
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El constitucionalista Álex Valle indicó que es factible la aplicación de la pregunta una vez cuente con la aceptación del voto popular porque la extradición, conforme al Anexo, se dará respetando los tratados internacionales y respetando derechos. “Uno de los principios a nivel internacional es que no cabe la extradición por delitos políticos, opiniones y conexos”, destacó al recordar que actualmente existe la Ley 24, publicada en el Registro Oficial el 30 de agosto del año 2000, en la que se regula el procedimiento para la extracción pasiva (cuando otro Estado solicita una extradición a Ecuador) y activa.
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Leer másUna extradición activa es la que realiza Ecuador como Estado requiriente, como en el caso de Hernán Luque Lecaro, extitular de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO) que se encuentra en Argentina, ejemplificó. Valle analizó que se quiere activar la extradición pasiva para que los ecuatorianos puedan ser extraditados a los países que lo requieran en un proceso formal.
“Al existir la enmienda, estaría cumpliendo con los parámetros legales, constitucionales e internacionales de la extradición”, puntualizó. Cree que la aplicación de la pregunta beneficiaría en cuanto a la seguridad y la impunidad ante delitos muy graves, en especial si son de carácter transnacional, y que se dará preeminencia a la extradición en Estados Unidos o Europa, “lugares a donde se están exportando los alcaloides”.
Para el penalista Xavier Andrade, la pregunta está bien planteada porque se respetan los límites legales. Habrá dos beneficios para el Estado ecuatoriano si se llega a aprobar. Dijo que si se llega a extraditar a ecuatorianos por delitos bastante graves y si es cabecilla de algún grupo de delincuencia organizada dentro de Ecuador, privado de la libertad en otro país, ya no tendría el mismo nivel de liderazgo, la evidencia es que Ecuador no ha podido manejar esa situación; la segunda ventaja es porque Ecuador ha solicitado ayuda internacional a otros países frente a delitos transnacionales.
La reglamentación de la Ley de Extradición actual es simple y básica aunque aplicable en materia administrativa, por lo que está de acuerdo en que hace falta reforzar la normativa.
Detalle
La pregunta también deroga el artículo 4 de la Carta Magna, que indica que en ningún caso se concederá la extradición de un ecuatoriano.
Álex Valle
"El beneficio para la ciudadanía estaría en la seguridad, el problema es que ha existido injerencia externa en los jueces, como en cohecho. Se evitaría es la impunidad".
Xavier Andrade
"Para luchar contra la delincuencia organizada se necesitan varias estrategias y mecanismos, entre esos esta la extradición, no solamente corregir el tema de las cárceles".
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