Judicatura
Godoy presidió la primera sesión de la Judicatura al tercer día luego de su posesión del 16 de julio de 2024.CORTESÍA

Judicatura: Godoy encabezó primera sesión donde se suspendió a tres jueces

Los suspendidos son dos jueces de la Corte Provincial de Santo Domingo y una jueza de la Corte Provincial del Guayas

Mario Godoy presidió la primera sesión del Pleno del Consejo de la Judicatura como nuevo titular de esa institución el 19 de julio de 2024 y se resolvieron sanciones para tres magistrados.

En esta sesión ordinaria contó con la participación de los vocales Yolanda Yupangui, Solanda Goyes y Merck Benavides. El cuerpo colegiado consta de cinco integrantes pero la Judicatura aún no cuenta con el vocal de la fuente de la Asamblea Nacional, que está pendiente de designar por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

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Godoy fue posesionado por la Asamblea Nacional el 16 de julio, luego de una cuestionada designación en el CPCCS, y asumió el cargo el 17 del mismo mes.

Suspensión de tres jueces

En el Pleno los vocales abordaron temas relacionados con el control disciplinario. Se resolvió suspender de su cargo a una jueza de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Guayas.

La suspensión se sustentó con base a una presunta infracción disciplinaria gravísima por error inexcusable. Esto se establece en el artículo 109.7 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).

La medida preventiva contra la magistrada durará tres meses e incluirá la suspensión de su remuneración.

Otros dos magistrados también fueron suspendidos en sus funciones, durante 30 días y sin remuneración, por sus actuaciones como jueces de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas.

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Se los sanciona por presuntamente haber incurrido en la infracción disciplinaria grave, prevista en el artículo 108.6 del Código Orgánico de la Función Judicial. Es decir, fueron sancionados por no fundamentar debidamente sus actos administrativos.

Godoy pronunció en el Pleno que “no pueden existir dilaciones en el control disciplinario y deben ser lo más celere posible todas las actuaciones que se den en este componente”. Refirió que el deber del cuerpo colegiado es cumplir con la Constitución y demás normas.

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