Paola Cabezas
Paola Cabezas, miembro del movimiento Revolución Ciudadana, presentó dos notitias criminis ante la Fiscalía, por presento delito de odio.Cortesía

Presentan una notitia criminis contra el presidente Daniel Noboa

Paola Cabezas, miembro por el movimiento Revolución Ciudadana, denuncio ante la Fiscalía posibles actos de odio

La también candidata a la Asamblea por el movimiento Revolución Ciudadana, Paola Cabezas presentó, ante la Fiscalía de Esmeraldas, una notitia criminis contra Daniel Noboa, presidente-candidato por el movimiento Acción Democrática Nacional. Este documento fue entregado el miércoles 12 de febrero.

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La política denunció a Noboa por el presunto delito de actos de odio. Cabezas aduce que el primer mandatario, en la entrevista radial que ofreció el martes 11 de febrero, en las instalaciones del Palacio de Carondelet, en Quito, “realizó algunas declaraciones que podrían estar riñendo con la norma penal”.

En la entrevista, Daniel Noboa expresó que: “estoy orgulloso y completamente agradecido con un pueblo que se pronunció, un pueblo que le dijo no a la delincuencia, a los grupos narcoterroristas, a la corrupción y un pueblo que le dijo sí a la esperanza que, le dijo sí a una nueva etapa, a un gobierno que se ha fajado por ellos, a pesar de que en ciertas provincias inclusive votantes recibían amenazas de grupos armados para que voten por la candidata que lo representa”.

Asimismo, el jefe de Estado señaló que: “debemos de mirar hacia zonas donde la gente está siendo víctima de los grupos narcoterroristas, están siendo víctimas de la criminalidad; lo vimos en la votación: hay decenas y decenas de casos en la cual amenazaban a la gente a que vote por la Revolución Ciudadana, tenemos la evidencia y hemos hecho impugnación y le hemos dado esa información a los observadores de la OEA y al CNE. Eso existe, y, aun así, mucha gente valiente fue y dijo: ‘No, voy a votar igual por Noboa, no me importa’”.

¿Qué manifiesta la denuncia de Cabezas?

De acuerdo, a la denuncia, Cabezas manifestó que estas declaraciones, en “el contexto de sus afirmaciones solo suman la polarización y estigmatización de los votantes de las provincias de la Costa donde no ganó (hasta el momento) en esta primera vuelta electoral”. Además, “criminalizan a los votantes de la Revolución de Ciudadana, difundiendo un claro mensaje de ODIO y estigmatización, lo que podría constituir un posible acto de odio”.

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Por otro lado, Noboa, en la entrevista, expuso que “este mismo fin de semana capturamos un objetivo de alto valor de los lobos que tiene pues directa relación también con miembros de la revolución ciudadana (…). Ante esto, la política expresó que “lo dicho por el presidente de la República, Daniel Noboa, es muy grave y constituye un profundo y amplio mensaje de ODIO contra la Organización Política a la que pertenezco”.

Además, sostuvo que “al ser miembro de la Revolución Ciudadana, expreso enfáticamente que no soy delincuente, ni pertenezco a ningún grupo de delincuencia organizada como lo ha insinuado el presidente–candidato Noboa”. Por lo que, a su juicio, Noboa “instaura y mantiene un relato en la ciudadanía que los que votan por la Revolución Ciudadana son delincuentes y/o narcotraficantes”.

Asimismo, Paola Cabezas, en la Fiscalía de Esmeraldas, presentó otra notitia criminis contra los periodistas Martín Pallares y Carlos Vera. De acuerdo con la denuncia, ellos “podrían estar riñendo directamente con el Art. 177 del Código Orgánico Integral Penal, respecto al delito de actos de odio” por las expresiones dichas en un programa de televisión, emitido el 9 de febrero.

¿Qué dice la normativa?

La normativa señala que “la persona que cometa actos de violencia física o psicológica de odio, contra una o más personas en razón de su nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, condición socioeconómica, condición migratoria, discapacidad, estado de salud o portar VIH, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Si los actos de violencia provocan heridas a la persona, se sancionará con las penas privativas de libertad previstas para el delito de lesiones agravadas en un tercio. Si los actos de violencia producen la muerte de una persona, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.

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