Se pule la ruta para la Extradición
Cualquier ecuatoriano mayor de edad podrá ser extraditado si su infracción tiene una condena mayor a un año de cárcel
Daniel Noboa enarboló en 2024 la entrega de ecuatorianos vinculados con el crimen organizado transnacional, como su bandera de lucha. Pero en la práctica, ningún ecuatoriano ha sido extraditado a otra nación.
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Leer másHoy la Corte Nacional pule un anteproyecto de ley que es parte de una hoja de ruta. Comenzó con el referéndum de abril, que quitó el candado de la Constitución que establece que en ningún caso se concederá la extradición de ecuatorianos.
La idea de la Corte Nacional, autoridad central en esta materia, es entregar el proyecto de Ley de Extradición, para que norme aspectos que hoy por hoy no son del todo claros.
- ¿Quiénes podrán ser extraditados? ¿Por qué delitos? ¿Qué pasa si el ecuatoriano es pedido en extradición mientras tiene procesos penales en trámite en territorio nacional?
El anteproyecto de ley señala que hay dos tipos de extradiciones: activa, cuando Ecuador solicita, y pasiva, cuando otras naciones piden el envío de personas que han cometido conductas reñidas con la ley.
En la extradición pasiva, la que se aprobó en el referéndum, la Corte establece que cualquier ecuatoriano mayor de 18 años podrá ser extraditado si el delito por el que se lo requiere en otra nación tiene una pena mayor a un año de cárcel y si se cumplen otros requisitos. Por ejemplo, el artículo 15 del borrador dice que Ecuador no concederá la extradición si el delito es político, si el procesado ya ha sido juzgado y sentenciado por los mismos hechos en Ecuador o si el Estado solicitante no da las garantías necesarias para evitar que la persona sea ejecutada.
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Leer másUn caso especial por el que se podrá rechazar la extradición es cuando la persona tenga la condición de asilado. Este es uno de los puntos más polémicos que surgió en la sesión plenaria del 8 de enero, cuando los jueces debatieron los detalles de este texto.
La jueza Daniela Camacho dijo que se debe separar el asilo y el refugio, pues hay refugiados que cometen delitos comunes, pero buscan impunidad a través de su estatus, al alegar que no pueden ser juzgados.
- Para activar la vía de la extradición pasiva, el anteproyecto de ley, artículo 17, dice que la solicitud debe ser presentada vía diplomática ante el presidente de la Corte Nacional, que es el encargado de autorizarla.
Esta solicitud debe contar con todos los documentos sellados del proceso legal, un resumen detallado de los hechos, un análisis de que en la legislación penal ecuatoriana existe un delito análogo y una orden de detención provisional o una sentencia condenatoria.
Una vez activado el trámite, el procesado deberá comparecer a una audiencia con el presidente de la Corte, en donde la persona deberá ser informada de que ha sido pedido por otro país y esta deberá expresar su deseo o no de ser extraditado.
Después, habrá otra audiencia en donde la Fiscalía General deberá actuar como representante del Estado requiriente. ¿Qué pasa si el extraditable tiene otros procesos pendientes en Ecuador? El borrador señala que primero deberá pagar sus infracciones en el país, pero se exceptúan de este requisito quienes sean solicitados por tráfico de drogas, corrupción, crimen organizado, lavado de activos, terrorismo, trata de personas, tráfico de migrantes y de especies, delitos contra la integridad sexual y contra la vida.
Daniela Camacho
En caso de la sentencia que niegue la pretensión, la decisión será vinculante. Es decir, el Presidente de la República no podrá concederla, indica el artículo 30. Sin embargo, si el presidente de la Corte la acepta, el Primer Mandatario sí puede negar por cuestiones de seguridad del Estado, principio de reciprocidad o soberanía nacional.
Por ahora, las extradiciones pasivas sumaron cinco casos en 2024. Todos eran extranjeros, dos de China, uno de Colombia, uno de Argentina y uno de Lituania. Además hay otros 25 procesos en trámite.
Para María Paula Ayora, docente en relaciones internacionales, lo importante de esta herramienta es que se adecue a principios como la garantía de los derechos humanos y la justicia. “Tenemos ecuatorianos que son integrantes de mafias albanesas, colombianas, mexicanas, y exfuncionarios corruptos transnacionales. Si esta herramienta legal puede ser aplicada, con estricto apego a los tratados internacionales y de derechos humanos, podremos fortalecerla lucha contra el crimen organizado”.