Quienes cometan delitos contra la vida no tendrán rebaja de penas
Los reincidentes permanecerán con prisión preventiva durante toda la instrucción fiscal. Las reformas al COIP serán enviadas al Registro Oficial.
El pleno de la Asamblea Nacional, con 94 votos a favor y 29 en contra — de los legisladores de la Revolución Ciudadana (RC) — decidió no aceptar las 25 objeciones presentadas por el presidente de la República, Lenín Moreno, al proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), acogiendo la moción presentada por la titular de la Comisión de Justicia, Ximena Peña.
Comisión de Justicia no da paso a 25 vetos del Ejecutivo al COIP
Leer másEn tanto, para el pronunciamiento de allanamientos de 12 artículos, hubo 122 votos afirmativos y uno en contra. También se aceptaron las objeciones por inconstitucionalidad que presentó el Ejecutivo al Comiso sin sentencia y el juzgamiento en ausencia en delitos sexuales contra menores de edad.
Entre los temas en los que la Asamblea decidió insistir está el de que las personas que estén detenidas por delitos graves contra de la vida deban cumplir toda su pena en prisión y no estar sujetas a medidas de prelibertad.
También se ratificó el texto referente a la exclusión de la antijuridicidad por cumplimiento del deber legal de policías y servidores de seguridad penitenciaria. Se mantienen los cambios que se incluyeron en el Código Orgánico de Entidades de Seguridad y Orden Público (COESCOP), que desarrolla el deber legal para que policías y guías penitenciarios puedan actuar con una legislación que los ampare y que deje en claro en qué momentos deben actuar y cuál es ese uso progresivo de la fuerza. Es decir, que los uniformados podrán defenderse en libertad.
Así mismo, decidieron insistir en los textos que hacen referencia al personal femenino en los centros de rehabilitación social; dolo; comiso a terceros; reclutamiento a niños, niñas y adolescentes; desaparición involuntaria; violación; delitos contra la flora y fauna.
El control constitucional enoja
Leer másAdemás, contrabando de combustibles; ataque o resistencia; criterios de valoración de la prueba en delito de desaparición involuntaria; prisión preventiva; procedimiento unificado, especial y expedito para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar; entre otros.
Se determina que las personas que reincidan en delitos no estarán sujetas a medidas sustitutivas a la prisión preventiva; es decir, permanecerán detenidas durante la etapa de instrucción fiscal.
Dentro de las resoluciones aprobadas por el pleno de la Asamblea, se facultó al secretario del Parlamento para que realice las correcciones de forma, reenumere los artículos e integre en un solo texto del proyecto de Ley Reformatorio las disposiciones según lo votado por el pleno en segundo debate y en el tratamiento a la objeción parcial por razones de inconstitucionalidad y objeción parcial.
Con estos ajustes será enviado al Registro Oficial para su publicación y puesta en vigencia.